El presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados una iniciativa que tiene como finalidad expedir la Ley de Amnistía, la cual otorgará la libertad a personas presas por ciertos actos delictivos para que puedan reintegrarse a la vida en sociedad.

Recordó que el 16 de septiembre de 1810, antes del icónico grito de independencia, Miguel Hidalgo liberó de la cárcel de la congregación de Dolores a presos políticos del régimen virreinal y a gente del pueblo cuya pobreza o ignorancia era la causa común de su presidio.

Como se sabe, hoy los gobiernos de algunos estados tienen la tradición de indultar en estas fechas a presos cuya culpabilidad es dudosa, o es baja la cuantía del daño que produjeron, también a los que observan buen comportamiento, o bien, a quienes tuvieron un juicio injusto.

Aclaró que el indulto y la amnistía son distintos, pero comparten el objetivo de conceder la libertad y ofrecer la oportunidad de la reinserción social. La amnistía, además, está respaldada por la voluntad popular representada en el Congreso.

Por ello, en el marco del 209 aniversario del Grito de Independencia, el presidente de la República presenta la Ley de Amnistía como expresión concreta del compromiso de aliviar las injusticias que padece el pueblo de México, como la carencia de condiciones reales de acceso a una justicia pronta y expedita íntimamente relacionada con la pobreza, la marginación y el flagelo de la corrupción.

La propuesta de López Obrador beneficia a jóvenes relacionados con delitos contra la salud, sea porque son consumidores acusados de narcomenudeo o porque se vieron obligados a participar en hechos ilícitos frente a su situación de pobreza o bajo amenazas derivadas del fenómeno de violencia desatado bajo el pasado régimen de gobierno. O bien, a sentenciados por robo simple sin violencia.

También beneficia a mujeres criminalizadas por realizarse un aborto y los médicos o parteras que participaron; a personas indígenas que no tuvieron oportunidad de una adecuada defensa, y a presos políticos o de consciencia, acusado por delitos inverosímiles.

Existen varios elementos o signos distintivos comunes en muchas de las personas presas, tales como la baja escolaridad o incluso analfabetismo, y en muchos casos su pertenencia a una comunidad o pueblo indígena.

También diversos análisis arrojan una relación entre pobreza e injusticia, entre marginación y denegación de justicia.

La liberación procederá bajo ciertas condiciones: que no se trate de reincidentes; que su sentencia no sea por homicidio, lesiones o secuestro; que no hayan utilizado armas de fuego, o bien, que no se trate de delitos graves relacionados en el artículo 19 Constitucional.

La amnistía beneficiaría a quienes están en prisión por delitos menores, no para quienes causen graves daños a las personas. La Fiscalía General de la República velará por el cumplimiento de tales condiciones y la Secretaría de Gobernación hará lo propio respecto de los presos políticos.

Además, el Ejecutivo Federal integrará una Comisión que dará seguimiento y vigilará la aplicación de la Ley de Amnistía, misma que podrá solicitar el beneficio de la Ley cuando existan casos que lo ameritan.

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