*Modificar la Ley General del Equilibrio Ecológico

A fin de que los ciudadanos puedan participar en la toma de decisiones administrativas en materia ambiental y para evitar conflictos de carácter social, derivados de proyectos que podrían tener un impacto negativo en el medio ambiente, propuse reformar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LEGEEPA).

Mediante una iniciativa de ley fundamenté este necesidad y denuncié que en el país existe un déficit de buen gobierno en materia ambiental que se ve reflejado en numerosos conflictos socio-ambientales, resultado de autorizaciones y permisos aprobados por la autoridad federal en favor de empresas que aprovechan y/o explotan nuestros ecosistemas, afectando principalmente a los habitantes de las comunidades locales.

Ejemplo de ello han sido los casos del mega proyecto hidroeléctrico de La Parota; el conflicto minero en Wirikuta; la reciente recategorización del Nevado de Toluca; el megaproyecto turístico en Cabo Pulmo, y el megaproyecto comercial de Dragón Mart en Cancún; entre otros.

Con el propósito de evitar estos conflictos, es necesario que el Estado garantice la participación ciudadana en la toma de decisiones relativas, ya que es del interés de todos los mexicanos cerciorarse y vigilar la manera en que se gestionan los recursos naturales que conforman parte de nuestro patrimonio.

Por ello consideramos ineludible reformar los artículos 34 y 35 de la LEGEEPA, a fin de contribuir al fortalecimiento en materia ambiental, de una cultura de acceso a la información, participación y justicia como base de una gobernabilidad que propicie un ambiente sano y una mejor calidad de vida.

En dicha ley se establecen mecanismos limitados de difusión de la información y consulta pública, ya que ésta solo procede a petición de parte y se supedita a la discrecionalidad de la autoridad administrativa para aprobar su realización o no.

Estas condiciones impiden al ciudadano participar efectivamente en los procesos de evaluación de impacto ambiental, para que de manera informada pueda emitir opiniones, observaciones y sugerencias en cuanto a los posibles efectos negativos de un proyecto sobre el medio ambiente.

Frente a esta situación, proponemos en primer lugar que el mecanismo de consulta pública pase de ser facultativo a obligatorio para la autoridad. Es decir, que cada vez que un proyecto sea sometido a una evaluación de impacto ambiental, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) esté automáticamente obligada a proceder a una consulta pública.

Se plantea también que la publicación de solicitud de autorización de impacto ambiental se realice no solamente en la Gaceta Ecológica de la SEMARNAT, sino también en el Diario Oficial de la Federación.

Además que el solicitante esté obligado a publicar un extracto del proyecto de la obra en un periódico de amplia circulación nacional y otro de amplia circulación en la entidad federativa de que se trate.

Asimismo, se propone que la Secretaría, en coordinación con las autoridades locales, esté obligada a fijar anuncios visibles y legibles, reproduciendo la información del extracto publicado por el solicitante, en los lugares habituales de difusión; en tres lugares próximos al lugar donde se pretende desarrollar el proyecto, y a lo largo de las vías públicas.

La reforma también establece la obligación para la SEMARNAT de incluir en su resolución final de autorización en materia de impacto ambiental, los motivos y fundamentos en los que se basa para justificar la incorporación o rechazo de las propuestas de prevención y mitigación sugeridas.

Estamos convencidos de que si la ciudadanía tiene la posibilidad de conocer el estado del medio ambiente, de expresar su opinión y de exigir la rendición de cuentas sobre el desempeño de las autoridades, será capaz de prevenir graves daños ambientales o una deficiente gestión ambiental.