*Engañamos al pueblo con falsos mecanismos
Todos sabemos que se supone que el Congreso de la Unión y los Congresos locales debiesen de ser la representación más directa del pueblo; sin embargo, cuando el pueblo quiere representarse a sí mismo no lo dejamos o los engañamos con instrumentos jurídicos.
El tema de la consulta popular tiene que ver con un tema de derechos de tercera generación. Es decir, los derechos humanos que son los derechos básicos, algunos conocidos como inherentes al ser humano, que son reconocidos en el artículo 1º de la Constitución.
Es el primer paso y sobre lo que todavía estamos trabajando, que son los derechos a la vivienda, el derecho a la igualdad y todos estos derechos básicos e independientes.
Los derechos secundarios son aquellos que tienen que ver con nuestro derecho ciudadano, el derecho a votar y ser votado, el derecho a participar en las elecciones de alguna manera son el ejemplo claro de un derecho de segunda generación.
Y los derechos de tercera generación son estos, el que nos permita una contraloría social, una consulta popular que realmente permita que los ciudadanos tal y como la marca la Declaración Universal de los Derechos Humanos puedan participar del gobierno efectivamente.
Esta Ley de Consulta Popular debería de permitir que esto sucediera, que estos derechos de tercera generación permitieran que los ciudadanos informados no solamente pudieran votar y ser votados, sino que puedan participar del gobierno y las políticas públicas a través de lo que conocemos como la contraloría social con instrumentos como éste, la consulta popular.
Sin embargo, a pesar de que tenemos una historia evidente en el tema de participación ciudadana en la vieja historia de México, porque hubo momentos estelares en la participación ciudadana cuando Benito Juárez convocó, por ejemplo, a un plebiscito para reformar a la Constitución en relación al equilibrio de los Poderes Supremos de la Nación y su integración, hoy traemos una burla y un bodrio legislativo a los ciudadanos.
El hecho de que la Suprema Corte de Justicia tenga que resolver, previa convocatoria que hace el Congreso de la Unión sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta, el tema de los requisitos, no permite que los ciudadanos realmente puedan acceder al sistema de consulta popular.
Pero más allá, respecto al tema energético, las condiciones legislativas y sociales están dadas para que la consulta popular pueda salir y que los ciudadanos realmente le digan al Ejecutivo que no están de acuerdo con esta reforma energética que lo único que les ha traído es aumentos en la gasolina.
Sin embargo, el conteo constitucional que debe de hacer la Suprema Corte para validar este tema, lo vuelve un gran engaño; y un gran engaño para también aquéllos que piensan que el gobierno de Enrique Peña Nieto permitirá que a través de una consulta popular la reforma energética vaya a caer.
Nosotros decimos que lo que la consulta popular debe de hacer es permitir a los ciudadanos opinar sobre las políticas públicas y nosotros debemos de garantizar que así sea.
Es por eso que algunos legisladores estamos diciendo en esta tribuna que no debemos caer en el engaño de la temática en general. No debemos caer en el engaño del apuro y debemos de adecuar los requisitos para que la consulta popular sea efectiva.