Los derechos político-electorales de las comunidades indígenas están protegidos en la Constitución y por diversos tratados internacionales, por ello el Estado está obligado a tutelarlos, aseguró José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Al impartir la conferencia "La ampliación de los derechos político-electorales de las comunidades indígenas: el caso Cherán", en el marco de la firma de convenio de colaboración entre el TEPJF y el Poder Judicial del Estado de Campeche, celebrada en dicha entidad, Luna Ramos dijo que en diferentes sentencias el Tribunal Electoral ha impartido justicia garantizando los principios constitucionales que protegen y compensan a los pueblos originarios, al tiempo de ampliar el alcance de la jurisdicción en materia de derechos político-electorales de las comunidades indígenas, como en los casos de San Francisco Cherán, en Michoacán, y Tanetze de Zaragoza, en Oaxaca.

"Para que las instituciones democráticas sigamos apoyando el fortalecimiento de la participación política de las comunidades indígenas, debemos abonar a su efectiva autonomía; al pleno respeto de su identidad colectiva y al efectivo ejercicio de sus derechos político-electorales", expresó el magistrado presidente.

Indicó que en casos como el de Cherán, en el que el TEPJF determinó que la designación de sus autoridades fuera por medio del método de usos y costumbres, y a través de una consulta a la comunidad, la autoridad jurisdiccional contribuye a resarcir el daño generado por la falta de una ley local en la materia.

"El reto sigue siendo integrar a las comunidades indígenas a la vida política del país, reconociendo sus usos y costumbres como parte de nuestro régimen constitucional y sistema jurídico electoral", afirmó.