La Dirección General de Comunicación y Vinculación Social informa que en relación con las controversias constitucionales promovidas por el Gobierno de Oaxaca y diversos municipios de esa entidad, motivadas por la creación del Congreso de Chiapas de un municipio denominado Belisario Domínguez, el Ministro instructor resolvió su desechamiento, en razón de que al tratarse de un asunto de límites territoriales, su resolución corresponde al Senado de la República, de acuerdo con sus atribuciones constitucionales.

Asimismo, sobre este respecto, se han generado algunas expresiones en medios de comunicación que aluden a un posible conflicto de interés del Ministro instructor, Jorge Mario Pardo Rebolledo, por haberse desempeñado al inicio de su carrera judicial como secretario de estudio y cuenta de quien hoy funge como un funcionario del Gobierno de Chiapas.

Ante ello, esta Dirección General de Comunicación y Vinculación Social aclara que la imparcialidad del Ministro Pardo Rebolledo está preservada por su sólida trayectoria como juzgador, aunado a que no existe conflicto de interés alguno.

Debe recordarse que el Ministro instructor previno a los municipios y Gobierno de Oaxaca para que aclararan su demanda en un término de cinco días hábiles, debido a que no precisaban con claridad si se estaba ante un conflicto de límites territoriales.

La decisión del Ministro instructor no es definitiva, toda vez que podría ser objeto de revisión por parte de alguna de la salas de este Tribunal Constitucional, si los promoventes interpusieran un recurso de reclamación.

Por otra parte, se aclara que es la Unidad de Controversias y Acciones de Inconstitucionalidad el área encargada de analizar y tramitar dichos recursos, como es el caso de los de Oaxaca, y la cual cuenta con personal propio y ajeno al de las ponencias de los Ministros.