La Suprema Corte de Justicia de la Nación reitera que la decisión adoptada en materia de verificación vehicular, desde julio del año pasado, no tuvo como finalidad ni alcance, permitir indiscriminadamente la circulación de vehículos automotores en el Valle de México.
La resolución de este Alto Tribunal se dictó en protección del principio de igualdad, como valor primordial en todo Estado de Derecho.
Esta determinación facultó a los Jueces de Distrito para otorgar una suspensión a los interesados para que, de cumplir con las normas de verificación respectivas, obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo.
Cabe precisar que esta decisión jurisdiccional sólo beneficiaría a quienes tramitaran un juicio de amparo.
En concreto, dicha suspensión sólo tendría el efecto de que, previo el pago de los derechos correspondientes, el solicitante acudiera a verificar su vehículo y obtener el holograma que objetivamente le correspondiera, atendiendo al nivel de contaminantes que emite su automóvil, de acuerdo con los niveles que establece el propio Programa, sin importar el año de fabricación del vehículo.