La Comisión encargada de elaborar el proyecto de calificación jurisdiccional y, en su caso, la declaración de validez y de Presidente Electo de los Estados Unidos Mexicanos publica hoy, en su micrositio del portal www.te.gob.mx, cuatro nuevos acuerdos, dictados el 13 de agosto:
Acuerdo 18.- A través del cual se informa sobre la recepción de dos documentos enviados al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por el secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral (IFE), Edmundo Jacobo Molina, en alcance al informe circunstanciado que remitió dicha autoridad como parte del juicio de inconformidad promovido por la coalición Movimiento Progresista para solicitar la anulación de la elección presidencial celebrada el pasado 1 de julio.
Los documentos remitidos, con sus respectivos anexos, se refieren al informe de la Secretaría Ejecutiva con respecto al cumplimiento del Acuerdo CG411/2011, por el cual se establecen los Lineamientos y criterios generales para la realización y publicación de encuestas por muestreo, encuestas de salida y/o conteos rápidos durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012, y al Informe sobre el Monitoreo de Noticieros y la Difusión de sus Resultados durante el periodo de Campañas.
Acuerdo 19.- Da cuenta del escrito enviado al TEPJF por Andrés Manuel López Obrador, en su carácter de candidato a la Presidencia de la República, postulado por la coalición Movimiento Progresista, para presentar, en calidad de coadyuvante, lo que denomina pruebas supervenientes, relacionadas con el juicio de inconformidad por el cual se demanda la anulación de los comicios celebrados el pasado 1 de julio.
En el acuerdo, la Comisión informa que recibió el escrito, el cual se reserva para que el Pleno de la Sala Superior determine lo que en Derecho corresponda respecto de la comparecencia de López Obrador en términos de los dos preceptos jurídicos que el candidato señala; es decir, lo dispuesto en los artículos 12, párrafo 3, y 16, párrafo 4, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Acuerdo 20.- La Comisión tiene por recibido el escrito presentado por Camerino Eleazar Márquez Madrid, representante propietario del Partido de la Revolución Democrática y de la coalición Movimiento Progresista, quien presentó documentos diversos a los que denomina “pruebas supervenientes”.
La Comisión acordó una reserva para que en el momento procesal oportuno se provea lo que en Derecho proceda, con respecto a la documentación que fue entregada al TEPJF.
Acuerdo 21.- La Comisión da cuenta de la recepción del escrito presentado por Camerino Eleazar Márquez Madrid, representante propietario del Partido de la Revolución Democrática y de la coalición Movimiento Progresista, quien entregó documentos diversos a los que denomina “pruebas supervenientes”.
La Comisión acordó una reserva para que en el momento procesal oportuno se provea lo que en Derecho proceda, respecto de la documentación que fue entregada al TEPJF.