*La SS debe autorizar uso de droga en casos médicos

Es necesario facultar a la Secretaría de Salud para autorizar casos de excepción para el uso médico de alguna sustancia psicotrópica (como opio, heroína, cannabis, entre otras), cuando se haya demostrado científicamente que puede aportar beneficios no conseguibles mediante otros medicamentos.

Procede en el caso de Graciela Elizalde Benavides, pequeña de ocho años que padece el Síndrome de Lennox-Gastaut y cuyos padres lograron, mediante amparo, se le suministrara para uso terapéutico un fármaco que contiene cannabidiol (CBD), derivado de cannabis, a fin de hacer posible la reducción de episodios que sufría, de hasta 400 ataques epilépticos por día.

Este caso acrecentó el debate en torno a la autorización o no del uso de la mariguana; consideró que conceder la facultad exclusiva a la Secretaría de Salud para establecer casos de excepción en lo relativo al uso médico de psicotrópicos, es una acción legislativa más práctica para disminuir la intensidad del esta polémica.

La iniciativa evidentemente no propone un estudio sobre las propiedades ni beneficios de la marihuana, ni dilucidar si es más benéfica o más dañina, ni de su legalización o no; sólo prever casos de excepción estrictamente médicos, procurando un equilibrio entre el control de sustancias reconocidas como peligrosas para la salud y el deber del Estado de garantizar el derecho humano a la salud y a una calidad de vida digna y sin dolor.

La propuesta consiste en la adición de un tercer párrafo al artículo 237 de la Ley General de Salud, que señale: “De manera extraordinaria y sólo para fines estrictamente médicos, la Secretaría de Salud podrá autorizar casos de excepción cuando exista evidencia que permita concluir en caso concreto, que alguna de las sustancias a que se refiere este artículo pueda aportar beneficios terapéuticos no conseguibles mediante otros elementos. La excepción se sujetará a las condiciones y lineamientos que dicte la Secretaría de Salud”.