*Urge fortalecer autonomía financiera municipal
Presenté una iniciativa para fortalecer la autonomía financiera de los municipios, mediante una trasferencia de recursos federales más ágil, eficaz y sin intermediarismos.
Para ello es necesario reformar los artículos 32, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de aportaciones federales, a fin de que la federación transfiera de manera directa los dineros que por concepto de aportaciones les corresponden a las alcaldías y demarcaciones del Distrito Federal.
De ahí la necesidad de reformar diversas disposiciones a la citada Ley Fiscal, respecto al fondo de aportaciones para la infraestructura social, se propone modificar el artículo 32, párrafo segundo, con la finalidad de que la federación transfiera las participaciones tanto a entidades federativas, como a municipios y demarcaciones territoriales.
Además se pretende hacer adecuaciones en el artículo 35, facultando a la federación a utilizar la misma fórmula de distribución para entidades federativas y municipios, ya que la propia ley autorizaba a las entidades para los mismos efectos.
También se especifica que la federación, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, calculará la distribución de recursos, sobre indicadores previamente publicados, es decir, ya no serán necesarios los convenios con las entidades federativas.
Lo anterior debido a que dicho fondo de aportaciones se destina exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a la población en pobreza extrema.
De igual forma, se derogan los párrafos cuarto y quinto que contemplaban disposiciones de colaboración entre entidades federativas y dependencias federales en aras de calcular la distribución del fondo a municipios y demarcaciones territoriales.
Asimismo se modifica el párrafo sexto con el propósito de precisar que la federación entregará los recursos a municipios y demarcaciones territoriales, conforme al calendario contemplado para entidades federativas.
En cuanto al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, el cual esta etiquetado para dar prioridad al cumplimiento de obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, entre otros servicios, se plantean las siguientes reformas:
Reformar los incisos a) y b) del artículo 36 para precisar que el porcentaje que corresponda a los municipios se transferirá directamente por la federación, y de igual manera a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Aclarando que no se modifican los porcentajes de participaciones contemplados previamente.
Modificar el artículo 37 a efecto de plasmar que los recursos transferidos de la federación a municipios y demarcaciones, deberán ser manejados con transparencia e informar a la ciudadanía la ejecución de los mismos, así como el artículo 38 para que los recursos del fondo se distribuyan directamente a los municipios, conforme al número de habitantes, de acuerdo al último censo del INEGI.