El Instituto de Verificación Administrativa del DF no ha cumplido cabalmente con su obligación de supervisar y en su caso sancionar a los antros, centros nocturnos, bares o negocios que discriminen o condiciones la entrada de consumidores, como lo establece la Ley de Establecimientos Mercantiles aprobada en 2011 por el Pleno de la ALDF.
Luego de realizar un balance de las acciones dispuestas en el articulado y confirmado que el Invea no ha podido controlar y corregir estas anomalías, la Comisión de Administración Pública Local, de la ALDF, pidió a los 16 jefes delegacionales reforzar las acciones para sancionar, incluso con la clausura e incluso la perdida de la licencia de operación a los negocios reincidentes en actos segregacionistas o de extorsión contra la clientela.
Los integrantes de la Comisión, pidieron poner atención en los “cadeneros”, ya que son los elementos del negocio que más cometen infracciones a la Ley, pues exigen dádivas, condiciones y otras actitudes deleznables para permitir la entrada al establecimiento.
Los antros, cantinas y bares de la Ciudad de México, recordaron, tienen la obligación de colocar a la entrada una placa o letrero visible, con la leyenda “no se discrimina el ingreso a ninguna persona” la omisión o desacato de esta disposición será sancionada con suspensión del servicio, multa por 21 mil 815 pesos 50 centavos y la llamada de atención por actitudes xenófobas y/o corrupción.
Finalmente la Comisión de Administración Pública Local, señaló que el ingreso al establecimiento debe darse conforme lleguen los clientes, a excepción de quienes cuenten con una membresía, que no harán fila y entrarán libremente. Todos los demás casos deben respetarse por orden de aparición.