A efecto de que se establezca un programa que difunda entre la población los nuevos trámites, requisitos y facilidades así como las medidas de seguridad y prohibiciones que prevé la nueva Ley de Establecimientos Mercantiles en el Distrito Federal, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), exhortó a la Secretaría de Desarrollo Económico  (Sedeco) y a los 16 jefes delegacionales a tomar cartas en el asunto.

Los legisladores consideraron de urgente y obvia resolución que las autoridades correspondientes atiendan dicha petición para garantizar el buen funcionamiento de la citada ley, misma que fue publicada desde el pasado 20 de enero en la Gaceta Oficial del Gobierno capitalino así como el Reglamento respectivo.

 Al presentar el punto de acuerdo, a nombre del diputado Erasto Ensástiga, la diputada Lizbeth Rosas Montero, señaló la trascendencia de que las reformas  a la citada ley sean difundidas ampliamente a la ciudadanía ya que es una norma que tiene como propósito fundamental la incentivación de la economía de la Ciudad, a través de la mayor facilidad en los trámites y requisitos para la rápida operación de un establecimiento mercantil.

Asimismo, dijo, salvaguarda la seguridad de los usuarios y establece la prohibición expresa de que los establecimientos de impacto zonal no podrán ubicarse a menos de 300 metros de los centros educativos así como la prohibición de la modalidad de “barra libre”.

 Rosas Montero, destacó que a diferencia de la Ley anterior, que establecía el aviso  conjuntamente con la declaración de apertura para poder operar giros de bajo impacto y en el caso de giros de impacto vecinal se pedía la licencia como documento indispensable para operar un establecimiento, la nueva Ley contempla el “aviso bajo protesta de decir verdad” para los giros de bajo impacto y solamente una solicitud de permiso para los giros de impacto vecinal y zonal, ambos tramitados “mediante sistema”.

En el caso de los giros de impacto vecinal o zonal, explicó, la delegación expide la autorización a la solicitud del permiso correspondiente y de igual manera lo hace mediante  sistema, que la propia Ley faculta a crear a la Secretaría de Desarrollo Económico.

Indicó que otra innovación en la ley actual, se refiere a que puede destinarse una fracción del 20% de la superficie de cualquier vivienda para destinarlo a la operación de un establecimiento mercantil de bajo impacto, con sólo manifestarlo en el “aviso” a la autoridad y sin necesidad de contar o modificar el uso de suelo.

Asimismo, la legisladora destacó que el Reglamento en materia de seguridad en giros de impacto zonal, prevé nuevas modalidades como la obligación del titular de un establecimiento a implementar un programa de vigilancia, medidas tendientes a evitar o disuadir a los clientes para que no manejen  bajo el influjo de bebidas alcohólicas, la designación de personal para el manejo y aplicación de alcoholímetros, la instalación de videocámaras, sistemas de grabación y  detectores de metal entre otros.

“Por lo que hace a los horarios, los giros de impacto zonal podrán vender bebidas alcohólicas a partir de  las 11:00 horas y hasta las 2:30 del día siguiente, pudiéndose ampliar hasta las 4:30 horas, con la condición de que  el titular ofrezca mejores y mayores medidas de seguridad”, destacó.