El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios presentó una iniciativa de reformas a la Ley General de Salud para prohibir la venta de productos químicos para limpieza de equipos electrónicos y de cómputo a menores de edad, porque se ha convertido en una nueva forma de adicción entre adolescentes de 13 a 17 años.
Dijo que esta práctica ha proliferado en México desde hace cinco años, pero aún no está reconocida como una adicción ni se reporta en las encuestas de salud.
Enfatizó que cada vez más jóvenes experimentan con el aire comprimido, que se vende en forma de espray, y puede provocar confusión, hilaridad, alucinaciones, mareos, suspensión de funciones intelectuales y motoras, por la falta de oxígeno en el cerebro, e incluso pérdida de la conciencia.
“Su detección es complicada porque su uso no deja rastros, como ocurre con otro tipo de drogas”, dijo. Además no existe investigación clínica ni experimental sobre el tema y no hay información sobre daños en adolescentes.
Advirtió que por Internet se difunden nuevos tipos de sustancias adictivas que no están sometidas a controles internacionales y que, por su alta toxicidad, suponen serios perjuicios a la salud.
Con esta iniciativa se busca proteger a la niñez y la adolescencia del fácil acceso a sustancias que representan un riesgo para su salud por las reacciones negativas que provoca.
Actualmente, señala en el documento turnado a la Comisión de Salud, las sustancias tóxicas son cada vez más accesibles, a pesar de los esfuerzos de la sociedad para preparar a niños y adolescentes ante los riesgos.
Dijo que la Encuesta Nacional de Adicciones 2008 reportó que 25.4 por ciento de los adolescentes, de entre 12 y 15 años, había consumido marihuana, cocaína y estimulantes; había 14 millones de fumadores menores de edad y 75 por ciento de los estudiantes de nivel medio superior había utilizado sustancias adictivas.
La iniciativa propone reformar el artículo 273 de la Ley General de Salud con el fin de agregar los productos químicos para limpieza de equipo electrónico y de cómputo y prohibir su venta a menores de edad.
En tanto, el cambio planteado al artículo 300 de dicho ordenamiento incluye, en las competencias de la Secretaría de Salud, autorizar la publicidad para el tratamiento y rehabilitación de adicciones.