La aprobación de la reforma que dota de autonomía constitucional plena al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), es una reforma trascendental que constituye histórico avance en la construcción del Estado democrático, afirmó el senador Javier Corral Jurado, al aclarar que “sigue el reto de la legislación secundaria  y ojalá ahí continúe la voluntad política que hasta ahora hemos mostrado en el Congreso”.

Al participar en la discusión del dictamen de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Anticorrupción y Participación Ciudadana, de Gobernación y de Estudios Legislativos Primera, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de transparencia, el legislador chihuahuense dijo que con esta aprobación quedaron vencidas las resistencias frente al principio de definitividad e inatacabilidad de las decisiones del IFAI.

“De confirmar la Cámara de los Diputados los cambios contenidos en la minuta, estaremos ante la presencia de una reforma de gran calado que consolida uno de los derechos humanos fundamentales para el ejercicio democrático y es pilar en el sistema de rendición de cuentas”, señaló.

Corral mencionó que el contenido de esta reforma se centra, principalmente, en el fortalecimiento del órgano garante del derecho de acceso a la información que, con una actuación de poco más de diez años, se ganó no sólo su autonomía constitucional bajo el principio de definitividad e inatacabilidad de sus resoluciones, sino la confianza política que significa convertirlo en un órgano de jurisdicción nacional para conocer de recursos de revisión en el ámbito local.

De esa forma, la Constitución dirá: “conocerá de los recursos que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los organismos autónomos especializados en los estados y el Distrito Federal que determinan la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de la información en los términos que establezca la ley”.

El legislador panista resaltó el retroceso que la transparencia y el acceso a la información ha tenido en las entidades federativas, “al servicio y contentillo de los gobernadores, la actuación de los organismos locales garantes de la información pública”.

Por tal motivo, indicó que otro de los avances importantes con esta reforma es la ampliación de los sujetos obligados bajo la competencia del IFAI, pues quedan comprendidos cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicatos que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, con excepción de aquellos asuntos jurisdiccionales que corresponden a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cuyo caso resolverá un comité integrado por tres ministros.

Durante el proceso de discusión y análisis de las propuestas para reformar la Constitución en materia de transparencia, Corral mencionó que “se pretendió hacerle rebajas inadmisibles a través de varios anteproyectos que fueron denunciados públicamente por las organizaciones ciudadanas”.

En ese sentido, expresó su desacuerdo con que se le haya conseguido al Presidente de la República exceptuarlo del principio de definitividad e inatacabilidad de las resoluciones del IFAI, “pues otorgó al consejero jurídico del gobierno la facultad de interponer un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando la información ponga en peligro la seguridad nacional, y ya sabemos todos lo que está en ese amplio concepto, en ese amplio mundo de la seguridad nacional”.

Sin embargo, consideró que tal excepción “no demerita lo demás. No niega el avance, no puede contradecir el paso trascendental que estamos dando, hemos ganado lo esencial, hemos ganado lo importante y ése es el motivo sui generis de este día”.

Por último, agregó que para evitar y asegurar que el órgano garante no ponga en riesgo mandatos e instituciones constitucionales e invada atribuciones, se incorporó en el artículo 105 de la Constitución, en la fracción primera, en el inciso L, que también conozca la Corte de las controversias sobre la constitucionalidad de los actos o disposiciones generales del organismo que establece el artículo sexto de la Constitución.