Con el objetivo de contar con un sistema práctico y funcional que permita al Instituto Mexicano del Seguro Social prestar de manera coordinada el servicio de guarderías y atendiendo las recomendaciones formuladas por el propio Instituto, se le facultó para celebrar convenios de subrogación con organizaciones de patrones.
Además, con el objeto de que en la operación de los esquemas de subrogación se garantice la calidad en el otorgamiento del servicio, se establece que las condiciones relativas a la celebración de dichos convenios, quedarán sujetas a las disposiciones que expida el Consejo Técnico y a la inspección y vigilancia prescrita por el Instituto.
Al hablar a favor del dictamen, el senador panista Carlos Mendoza Davis precisó que el objetivo de la reforma es que dos o más patrones u organizaciones de patrones puedan celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social, convenios de subrogación de servicios de guardería infantil, bajo la vigilancia y responsabilidad del Instituto.
Es momento de dotar al Seguro Social con nuevos instrumentos para mejorar el servicio, fortalecerlo y fortalecernos como país y mediante este esquema, las pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas geográficas determinadas, asociarse y establecer una guardería para los hijos de sus empleadas y, además, que las empresas que individualmente no tengan la población infantil requerida se organicen y establezcan de manera conjunta una guardería, señaló.
La reforma, advirtió, es un llamado a atender un rezago que padece el país en el cuidado y atención de las futuras generaciones. “Es un tema prioritario, pues se trata del cuidado, formación y cariño que se debe dispensar a nuestros hijos.”
Por su parte, el senador perredista Fernando Enrique Mayans Canabal destacó que poco más de 16 millones de trabajadores del IMSS (64 por ciento hombres y 35 por ciento mujeres), por lo que es necesario impulsar políticas que fomenten el empleo decente y productivo.
Destacó que el IMSS es la institución pública de seguridad social del México y América Latina por su cobertura poblacional como de prestaciones y servicios, donde el seguro de guarderías es un derecho de los trabajadores, sin importar su estatus o género.
Finalmente señaló que con la reforma se pretende que en el convenio se fije el plazo de su vigencia, las características del servicio subrogado, pagos, formas de cubrirlo, causas y procedimientos de terminación, así como las condiciones pertinentes que señalen las disposiciones que expida el consejo técnico del instituto, con el propósito de asegurar la eficiente y segura operación de las guarderías, y que además se proporcionará al IMSS los informes y estadísticas médicas u administrativas que éste les exigiere.