El senador Raúl Gracia Guzmán propuso regular la explotación, uso o aprovechamiento de aguas y suspender la concesión o asignación cuando el usufructuario del título descargue aguas provenientes de otras cuencas mediante trasvase que por contaminación afecte las reservas del líquido que se encuentran en la cuenca receptora.
Explicó que el acceso al agua de calidad representa un gran reto para los gobiernos de todos los países y lo es aún más para los que no tienen la capacidad económica de sanear el agua para distribuirla entre la población de manera equitativa y que esta distribución no represente un riesgo en la localidad que recibe el recurso.
Al exponer los motivos de su iniciativa, el legislador panista señaló que la contaminación de las aguas puede generar problemas a la salud, económicos y ambientales, que suelen ser más frecuentes en los sectores de la población con menores ingresos económicos quienes están en riesgo por recibir agua de mala calidad.
Argumentó que el trasvase de cuencas es utilizado para llevar el agua de la cuenca del Cutzamala a la del Valle de México y así abastecer de agua a la Ciudad, y funciona como un mecanismo de abastecimiento y de control de riesgos por los hundimientos que producen los enormes saqueos originados por la sobre explotación de los pozos que la suministran.
Sin embargo, estimó que este mecanismo no es el mejor para traer el vital líquido a la Ciudad, ya que ha generado una enorme dependencia de ésta al sistema Cutzamala que quita el agua a las comunidades del Estado de México, además de que no se han buscado otras alternativas para solucionar esta enrome dependencia.
“Es ahí donde radica la relevancia de esta iniciativa, ya que no se ha establecido como causal de suspensión de este trasvase, de esta contención a los estados o a los órganos reguladores de agua del que la cuenca trasvasada pueda ser objeto de contaminación por la fuente hidráulica originaria”, apuntó.
Gracia Guzmán dijo que es necesario tomar reservas en relación a cómo se va a satisfacer la demanda del líquido para consumo humano y considerar que el trasvase como mecanismo de llevar agua de una cuenca a otra puede ocasionar un problema ecológico y repercusiones de tipo social, económico y de salud al momento de verter el agua entre cuencas.
La iniciativa por la que se adiciona la fracción V del artículo 29 BIS 2 de la Ley de Aguas Nacionales se turnó para dictamen a las comisiones unidas de Recursos Hidráulicos y de Estudios Legislativos, Primera.