La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) es competente para conocer y resolver los procedimientos especiales sancionadores en contra de la presunta promoción ilegal de los informes de labores de los servidores públicos, cuya difusión exceda al ámbito geográfico estatal.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, se confirmó la facultad del Instituto para desahogar las quejas que se originen tanto en los procesos comiciales federales como locales, y fuera de ellos, derivados de la difusión de propaganda gubernamental de los poderes federales y estatales fuera de los límites geográficos.
El Pleno confirmó, por mayoría de votos, la resolución del Consejo General del INE que declaró fundado el procedimiento especial sancionador en contra de Marcelo Eugenio García Almaguer, en su carácter de director general de Puebla Comunicaciones del Gobierno de esa entidad, por la propaganda difundida, más allá del ámbito regional del estado, con motivo del Tercer Informe de Labores del mandatario Rafael Moreno Valle.
El magistrado Luna Ramos dijo que en este caso se corroboró la difusión de la promoción del Informe de Labores en más de 25 entidades, lo que acredita la competencia de la autoridad federal para conocer del caso.
El magistrado Manuel González Oropeza respaldó la propuesta al advertir que la competencia de la autoridad federal se sustenta en que se trata de un tema relacionado con la difusión de propaganda en radio y televisión, además de que ésta se transmitió fuera del ámbito geográfico del estado.