La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) mediante el cual impuso una sanción al Partido de la Revolución Democrática (PRD), consistente en diversas multas y la reducción del 2.09% de su ministración mensual, por irregularidades detectadas en sus informes de ingresos y gastos de precampaña correspondientes al Proceso Electoral Federal 2011-2012.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos, el cual fue aprobado por unanimidad, se señala que los partidos políticos están obligados a realizar las acciones de fiscalización de los ingresos y egresos de los precandidatos, sin importar el origen público o privado de los mismos. Además de que no sólo tienen la obligación de recibir los informes presentados por los aspirantes, sino también a llevar un control total de los movimientos financieros efectuados por todos y cada uno de ellos.
Se desestimó el argumento formulado por el PRD en el sentido de que no debió ser sancionado por culpa in vigilando, es decir, por no cumplir con la responsabilidad que tienen los partidos de vigilar la conducta de sus militantes.
Sobre el señalamiento que hizo el partido en relación a que no obtuvo un beneficio económico en la etapa de precampaña, se considera errónea dicha apreciación debido a que los recursos deben ser fiscalizados por la autoridad administrativa electoral y la sanción impuesta fue por la omisión de reportar el origen de aportaciones en especie.