Guillermo Pimentel Balderas
Especialistas de primer nivel en materia penal demandaron se legisle en este rubro, toda vez que cada vez es más frecuente que se perjudique a terceros por la indebida impartición de justicia que abarca lo civil, familiar y penal.
Durante el Foro “Obligación Legal de Autentificar las Cédulas Profesionales de Abogados en Materia Penal”, organizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el diputado Leobardo Urbina Mosqueda (PRI), calificó de lamentable que en México es cotidiano que miles de personas sin escrúpulos que carecen de título y por ende de cédula profesional, litiguen en un sinnúmero de juicios en materia penal, encargándose de la defensa de los imputados en diversas etapas de sus casos.
Urbina Mosqueda subrayó que ya fue presentada en su momento la iniciativa de Reforma al Código de Procedimientos Penales en los artículos 269 y 290, sin embargo, no está cerrada la posibilidad de enriquecer y fortalecer la propuesta legal, e incluso incorporar mediante la Cámara de Diputados las reformas pertinentes a la Legislación Penal Federal.
En el evento, José Pablo Patiño Isounza, director del Seminario de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la UNAM, expuso que si bien es una garantía constitucional que todo acusado en materia penal, cuente con una defensa adecuada, “esta importante labor sólo la puede realizar un profesionista con estudios realizados legalmente en la profesión de licenciado en Derecho, autorizado por la SEP, a través de la Dirección General de Profesiones, mediante una cédula profesional que lo faculte para ello”.
De otra forma, agregó, se corre el riesgo de que el procesado reciba una sentencia condenatoria por carecer de una defensa adecuada lesionando su patrimonio más importante que es la libertad.
Por su parte, Luis Julián Cabada Mireles, Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle, expuso que “no sólo debe autentificarse las cédulas por la autoridad jurisdiccional competente tal y como lo menciona el acuerdo 34-53/2004 emitido por el pleno del Consejo de la Judicatura del DF, sino que debemos sancionar las omisiones realizadas por las autoridades que no le den cumplimiento al multicitado acuerdo”.
Dijo que no sólo debe ser en un carácter judicial, sino ejecutivo para hacer exactos en las agencias del MP, ya que es ahí donde da inicio la averiguación previa, parte fundamental del proceso penal, ya que como se sabe, antes de la reforma del 2008, “nuestra Carta Magna permitía que una persona sin título profesional que fuese perito en materia, apoyara a la defensa como persona de confianza, pero gracias a esta reforma, sólo a los que contemos con dicho requisito establecido por la ley de profesiones se les permite”.
El Magistrado Eduardo Alfonso Guerrero, del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, expuso que la propuesta del diputado Urbina Mosqueda resulta acertada, toda vez que trata de frenar la usurpación de profesión, el uso y falsificación de documentos oficiales y el fraude directo contra el defendido, delitos en que incurren las personas que se presentan con el imputado para asistirlo en su defensa.
El magistrado destacó que la eliminación de las figuras de autodefensa y persona de confianza, es lo que se debe proponer al modificar los artículos 269 y 290 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.
Intervinieron también Miguel Arroyo Ramírez, presidente del Consejo Nacional de la Abogacía; Nicéforo Guerrero Espinoza, director de postgraduados de la Barra Nacional de Abogados, y Roberto Ochoa Romero, Investigador y Profesor de la Escuela Libre de Derecho.
Cabe mencionar que el Foro fue clausurado por el diputado Raúl Nava Vega, Integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal