La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la recomendación 58/2012 dirigida al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Se trata del caso de un paciente de 43 años de edad que falleció víctima de un tumor maligno en el estómago, después de una cadena de diagnósticos incorrectos que le aseguraban que su dolencia era una simple gastritis, colitis, enfermedad ácido péptica, o reflujo gastroesofágico.

Durante más de dos años, médicos de la Clínica de Medicina Familiar “B” en Naucalpan, Estado de México, desestimaron los síntomas, antecedentes y datos de alarma, además de omitir practicarle los estudios necesarios para diagnosticarlo adecuadamente.

Fue hasta que el derechohabiente acudió a consulta con un médico particular, cuando supo que su estado de salud era delicado; se le ordenó practicarse una endoscopía gastrointestinal, estudio que determinó que tenía un tumor que requería ser atendido de inmediato.

El enfermo fue valorado nuevamente por personal adscrito al Hospital Regional “B” de Alta Especialidad “Bicentenario de la Independencia” en Tultitlán, Estado de México, donde se confirmó un adenocarcinoma infiltrante, por lo que fue remitido al Hospital 20 de Noviembre donde se le otorgó atención médica, pero derivado de su grave estado de salud, falleció.

Un familiar del agraviado interpuso queja ante la CNDH, que con el conjunto de evidencias que integró a su investigación, encontró elementos suficientes para determinar que con su actuación, los médicos de la Clínica de Medicina Familiar “B”, transgredieron los derechos humanos a la protección a la salud y a la vida de la víctima.

Por ello, en su Recomendación 58/2012, la CNDH pide a la dirección general del ISSSTE, tomar las medidas necesarias para reparar el daño ocasionado a los familiares de la víctima, con motivo de la responsabilidad institucional en que incurrió el personal médico señalado.

Solicita diseñar e impartir a la totalidad de los servidores públicos de los hospitales del Instituto, especialmente a los de la Clínica de Medicina Familiar “B, un programa integral de educación, formación y capacitación en materia de derechos humanos y sus implicaciones en la protección a la salud.

Poner énfasis en el conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas, con el objetivo de evitar irregularidades como las que dieron origen a la Recomendación.

Emitir una circular exhortando al personal médico de esa Clínica a entregar una copia de la certificación y recertificación que tramiten ante los Consejos de Especialidades Médicas, con la finalidad de que acrediten tener la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para mantener las habilidades necesarias que les permitan brindar un servicio médico adecuado y profesional.

Adoptar medidas efectivas de prevención que permitan garantizar que los expedientes clínicos que se generen se encuentran debidamente integrados y protegidos, conforme a lo establecido en la normatividad y legislación nacional e internacional.

Colaborar ampliamente con la Comisión Nacional en el trámite de la queja y denuncia de hechos que formule ante el Órgano Interno de Control del Instituto y la Procuraduría General de la República, respectivamente, en contra de los servidores públicos involucrados.