*Lista la Ley Federal Anticorrupción

La Cámara de Diputados aprobó la minuta que expide la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, para sancionar con multas que van de 62 mil pesos hasta 3 millones de pesos a las personas físicas que incurran en actos de corrupción, y de 623 mil pesos hasta 124 millones de pesos a las personas morales.

Se establece que las personas físicas serán inhabilitadas para participar en contrataciones públicas de carácter federal por un periodo de tres meses a ocho años, y las morales, de 3 meses a diez años.

Con 335 votos a favor, 13 en contra y 4 abstenciones, se acordó considerar como infracciones en las que pueden incurrir los particulares en el desarrollo de los procedimientos de contratación pública, el cohecho, la confabulación, la simulación, el tráfico de influencias, la presentación de información falsa, entre otras.

En el dictamen se indica que la Secretaría de la Función Pública será en el ámbito de la Administración Pública Federal y en las contrataciones que realicen las entidades y municipios con cargo total o parcial a recursos federales, la autoridad para investigar y, en su caso, sancionar a los particulares que incurran en las infracciones que establece la ley.

También serán mandos competentes para aplicar la Ley, en el ámbito de las contrataciones públicas, las cámaras de Diputados y de Senadores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, los tribunales agrarios, la Auditoría Superior de la Federación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Banco de México.

Las sanciones a los infractores de la Ley para el caso de personas físicas consistirían en multa equivalente a la cantidad de mil a cincuenta mil veces el salario mínimo diario general vigente para el Distrito Federal, e inhabilitación por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de ocho años.

Para el caso de las morales, multa de diez mil hasta dos millones e inhabilitación por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de diez años.

Además, se prevén mecanismos de reducción de sanciones para aquellas personas que confiesen su responsabilidad, decidan contribuir y aportar elementos al combate a la corrupción, y cooperen en forma continua con la autoridad competente que lleve a cabo la investigación, con el objeto de fomentar las denuncias y combatir la impunidad.

En el documento se establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República no podrán otorgar a las personas que hubieren sido sancionadas en términos de la ley y durante el plazo en que éstas se encuentren inhabilitadas, subsidios, donativos y otros beneficios.