Senadores de diversos grupos parlamentarios promovieron una iniciativa para reformar la Ley del Servicio Militar, para prohibir la admisión en las Fuerzas Armadas de menores de 18 años de edad y, de esta forma, ajustar la legislación a lo establecido en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación en conflictos armados.
Esta iniciativa es promovida por los senadores Gabriela Cuevas Barron, Angélica de la Peña Gómez, Javier Corral Jurado, Martha Elena García Gómez, Dolores Padierna Luna, Sonia Mendoza Díaz, Fernando Herrera Ávila, Ana Gabriela Guevara Espinoza, Rabindranath Salazar Solorio, Laura Angélica Rojas Hernández y Luis Sánchez Jiménez.
La propuesta resalta que en 2014 el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) estimó que alrededor de 250 mil niños luchaban en conflictos armados en más de 30 países de todo el mundo.
También menciona que como parte de un esfuerzo internacional para acabar con el uso de niñas y niños en conflictos armados, en la Convención sobre los Derechos del Niño se incluyó la obligación expresa de los Estados miembros de la ONU de adoptar todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no participen directamente en las hostilidades.
La iniciativa refiere que en el año 2002 entró en vigor el protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual elevó la edad mínima para el posible reclutamiento de personas en las fuerzas armadas y su participación en conflictos armados.
Sin embargo, se agrega, México depositó una declaración vinculante en la que se establece que los mayores de 16 y menores de 18 años de edad se aceptarán en las unidades de transmisiones para su preparación como técnicos.
Las excepciones incluidas en la Ley del Servicio Militar y que permiten el reclutamiento en las Fuerzas Armadas de niñas y niños de 16 y 17 años han sido objeto de preocupación por parte del Comité de los Derechos del Niño, que ha puesto en evidencia que dichas excepciones atentan contra la protección que el Estado mexicano debe brindar a los niños.
Además, se refiere que la 130 asamblea de la Unión Interparlamentaria adoptó por unanimidad la resolución sobre “el papel de los parlamentos en la protección de los derechos de los niños, en particular los niños migrantes no acompañados, y en la prevención de su explotación en situaciones de guerra y de conflicto”, en la que exhorta a los parlamentos de los países con servicio militar obligatorio a aumentar la edad mínima y a prohibir el reclutamiento voluntario de menores de 18 años.
Con el propósito de promover en México la supresión de esta práctica contraria a la protección de la infancia, esta iniciativa propone modificar el texto del párrafo segundo de la fracción II del artículo 24 de la Ley del Servicio Militar, que actualmente establece que se admitirán menores de 18 y mayores de 16 años en las unidades de transmisiones para su preparación como técnicos.
También se busca reformar el artículo 25 el cual señala los requisitos para obtener el anticipo de la incorporación en el activo, para establecer que dicha incorporación podrá realizarse hasta los 18 años cumplidos.
Asimismo, se establece un artículo 51 Bis a fin de castigar con una pena de 10 a 20 años de prisión y de 750 a 2 mil 250 días multa a quien realice la inscripción al servicio militar activo de un menor de edad.