Amado López Delgado, presidente de la Federación del estado de Morelos, reclamó a los senadores que analizan el presupuesto para el año entrante, la indiferencia para responder a los escritos que les envían y una vez más pidió que se tomen en cuenta las propuestas que acudieron a entregar para el esquema financiero del país del año 2016.

En su calidad de representante de comerciantes de su entidad y acompañado de sus similares procedentes del Estado de México, Puebla, Querétaro y Chiapas, dijo textualmente lo siguiente el lunes pasado:

“Señoressenadores de la Comisión de Hacienda del Senado de la República:Me permito en este momento comentar que con fecha del 23 de septiembre estuvimos aquí en el Senado, hicimos llegar un documento al presidente de la Comisión de Hacienda, el cual hasta ahora no hemos tenido respuesta; donde se menciona la problemática que ha generado el régimen de cooperación fiscal a los pequeños contribuyentes.

“Dentro de la propuesta y la petición que se manejó y se sigue manejando, el punto número 1 menciona una tabla progresiva que inicie de 0.25 hasta el 2 por ciento, tal como se consideró desde su creación el régimen de pequeños contribuyentes en el año de 1998.

Teniendo dos opciones de pago:

“A)    Por autodeterminación, aplicando el mecanismo para pagar por utilidad.

“B)     Cuota fija incrementable por rango de ingresos.

En el punto número 2, una exención de salarios mínimos que se homologue con el sector primario del sector social o en su caso, se actualice, ya que en el 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo, una tabla progresiva y su límite era de 84 mil 400 pesos de venta bimestral y anual de 506 mil 400 pesos.

“Y a partir de ahí se empezaba a pagar, o sea, rebasar dicha cantidad que equivale a mil 406 pesos con 65 centavos, de venta diaria, equivalente a una utilidad o ganancia de 100 a 250 pesos, dependiendo el giro comercial de que se trate. Artículo 90 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

“El punto número 3, que haya un tope de ingresos actualizado de forma anual, partiendo de que en el año 2000 era de 3.1 millones y de acuerdo al índice de inflación, actualizar la cantidad al año 2014.

“El punto número 4, las facilidades administrativas existentes hasta el año 2013, al régimen de pequeños contribuyentes, existiendo además la facilidad de emitir comprobantes fiscales impresos, sin salir del régimen.

“El número 5, que no seamos sujetos de retención de IVA y IEPS, con base en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del año 2005 y de la novena época.

“Seis, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del SAT, emita reglas de carácter general para que los contribuyentes de este régimen podamos integrarnos de forma sencilla, sin obligarnos a bancarizar nuestras actividades, ni llevar o adquirir sistemas complejos electrónicos que por demás representan una carga administrativa y económica imposible de absorber.

“Los contribuyentes que se inscribieron al RIB, puedan regresan al régimen que les corresponde, ya que por su baja capacidad administrativa y económica, no deben de tributar en este régimen.

“La elaboración de varias iniciativas y publicadas en las gacetas parlamentarias de la Cámara de Diputados y Senadores, muestran una vez más que las leyes no son perfectas, sino perfectibles y que éstas deben de cumplir con tres aspectos importantes: el social, el jurídico y el político; y además de respetar los principios declarados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como lo son la capacidad contributiva del causante, la equidad y proporcionalidad establecida en la Constitución, y la certeza jurídica.

“Señores senadores:

“Es importante que se dictaminen algunas de las iniciativas que cumplan con los seis puntos, los cuales fueron expuestos en este documento y se someta, en dictamen, en el Pleno para ser aprobado y a su vez enviado a la Cámara de origen.

“Se anexa la documentación referente a la cuestión de cada punto, publicados en el Diario Oficial de la Federación en el año que correspondió, prácticamente el régimen de pequeños contribuyentes”.