El TEPJF revocó una resolución del CGIFE que declaró infundada una denuncia contra Andrés Manuel López Obrador, el PT y Convergencia, por presuntos actos anticipados de precampaña o campaña, al difundir diversos promocionales en radio y televisión para el proceso electoral federal de 2011-2012.

Lo anterior, tras advertir que la autoridad no analizó exhaustiva ni conjuntamente las pruebas presentadas en la queja, debido a que no ha iniciado el proceso electoral federal.

Los magistrados consideraron que el CGIFE tiene la facultad de analizar la probable violación a la norma electoral independientemente de que hayan iniciado o no los procesos comiciales.

En consecuencia, le ordenó analizar la legalidad de los actos denunciados y determinar si constituyen actos anticipados de precampaña o campaña, e imponer las sanciones si fuera el caso.