El Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) deberá valorar de manera diferenciada, y tomando en cuenta las características de cada medio de comunicación, los promocionales en radio y televisión, para efectos de imponer sanciones a los partidos políticos que hayan incurrido en violaciones a la ley electoral, relacionadas con la materia, resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El Pleno concedió la razón al Partido del Trabajo (PT) que impugnó la sanción impuesta por el IFE, con motivo de la difusión de promocionales que presuntamente constituyeron actos anticipados de precampaña y campaña a favor de Andrés Manuel López Obrador.
En el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Flavio Galván Rivera se consideró fundado el agravio de que la autoridad “fue omisa en diferenciar el impacto que tienen los promocionales transmitidos en televisión, de los difundidos en radio”, por lo que propuso revocar la resolución impugnada a fin de que se dicte una nueva, en la que reindividualice la sanción impuesta al PT y a Movimiento Ciudadano, debiendo exponer las razones que consideró para valorar los mensajes, dadas las características de cada medio de comunicación.
El magistrado presidente por ministerio de ley, Pedro Esteban Penagos López, consideró que con la resolución emitida se dio un paso más sobre la legalidad de las sanciones impuestas, a partidos y candidatos, por incurrir en actos anticipados de precampaña o de campaña, por la difusión de promocionales en radio y televisión.
Por su parte, el magistrado Manuel González Oropeza señaló que los promocionales en radio tienen una dinámica distinta a los de televisión, lo que no significa que unos sean más sancionables que otros.
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa apuntó que la Sala Superior no se pronuncia sobre la reducción de la multa, sino que instruye al IFE para que distinga y reindividualice la misma.
En su oportunidad, el magistrado Constancio Carrasco Daza dijo que a partir del proyecto de sentencia aprobado, se le ha pedido al IFE que determine con criterios objetivos y cualitativos la distinción entre los dos tipos de mensajes que se difunden por esos medios de comunicación, lo que habrá de constituir “un debate muy interesante, por parte del órgano rector en materia de tiempos en radio y televisión, que tienen los institutos políticos”.