La Cámara de Diputados solicitó al titular del Ejecutivo federal la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
En el dictamen con punto de acuerdo de las comisiones unidas de Marina y de Transportes, se refiere que el primero de junio de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, y entró en vigor, la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
Con ello, se modificó el marco legal que rige la navegación, al transporte marítimo mercante y al comercio marítimo.
Se destaca que en el artículo octavo transitorio de la Ley se estableció que “el Ejecutivo federal deberá publicar los reglamentos de la presente ley en un año calendario a contar a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación”, pero ello no ha sucedido.
Con la entrada en vigor del reglamento se evitará la dispersión de los ordenamientos administrativos, que sólo causan inseguridad a los particulares, empresas y usuarios de los servicios de la autoridad marítima, o a quien debe defenderse de los actos de la misma y que para hacerlo debe consultar varios reglamentos.
Se puntualiza que con este reglamento se concentrarán en un solo cuerpo normativo los distintos temas que comprende la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
El secretario de la Comisión de Marina, diputado Raúl Santos Galván Villanueva expresó que son necesarias estas reglamentaciones y normas.
Lo anterior, precisó, toda vez que su publicación permitirá normar en un solo documento temas importantes como la navegación marítima, la educación náutica, los seguros marítimos y la inspección.