Por Guillermo Pimentel Balderas
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), informó que sancionó con 3 millones 315 mil 738 pesos al Corporativo MUFAR S. de R.L de C.V, comercializadora de los productos Quebaré y Colageína 10 Gold y 10 línea cosmética de la empresa INOVA, por publicidad engañosa.
La dependencia federal indicó que el corporativo no acreditó, con prueba idónea, la veracidad de la publicidad con que oferta su artículo faja Quebaré, que dice “reduce, moldea, estiliza hasta dos tallas menos de inmediato”, “Quema 26 por ciento más de calorías”, “Reafirmas los músculos por qué estás haciendo ejercicio”; por ello, la sanción es de dos millones 81 mil 412 pesos.
Respecto a la línea cosmética Colageína 10 y Colageína 10 Gold, especificó la fuente, la sanción ascendió a un millón 234 mil 326 pesos, por no acreditar la veracidad de la publicidad con que oferta sus artículos.
Precisó Profeco que en el caso de Colageína 10 Gold, no acreditó la veracidad de la publicidad con la que se ofrecía este producto con frases como: “Colageína 10 Gold, el colágeno hidrolizado soluble en agua”, “su nueva fórmula está adicionada con vitaminas B1, B2, C y E”, “Colageína 10 Gold, tiene resveratrol, queratina, extracto de acai, ácido hialurónico y silicio orgánico, que te ayudan a tener una piel más suave, reducir las líneas de expresión, fortalecer uñas y cabello y lucir más joven”.
Y, por lo que se refiere a la promoción de Colageína 10 línea* cosmética, detalló que las frases que no acreditó fueron para el gel contorno de ojos y ojeras que publicita “éste gel restablecerá la hidratación del contorno de los ojos debido a estrés o cansancio. Atenúa las ojeras. Efecto lift inmediato.”
Para el gel tonificador reafirmante natural dice; “el gel ayuda a reducir la piel de naranja de forma efectiva. Combate la flacidez del cuerpo. Resultado de 8 a 15 días”. Tampoco se acreditó la veracidad en los productos energetizante facial en Spray, máscara para pestañas, crema facial anti edad y máscara facial en polvo.
Por todo ello, puntualizó que en estricto apego a sus facultades legales, realizó un procedimiento para verificar los mensajes con que la empresa INOVA ofertaba estos productos, como resultado detectó que incurrió en publicidad engañosa, transgrediendo el artículo 32 de la Ley Federal del Consumidor.
“Con el fin de proteger a los consumidores y salvaguardar su derecho a obtener información veraz sobre los productos que adquiere, la Procuraduría Federal del Consumidor mantendrá permanentemente estas acciones de verificación y monitoreo de publicidad”, enfatizó.