La sanción de 76 millones 160 mil 361 pesos que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó imponer al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por la difusión indebida de 239 mil 301 anuncios en radio y televisión, tiene el objetivo de garantizar la equidad en los procesos electorales, coincidieron en señalar los magistrados del organismo jurisdiccional durante la sesión pública celebrada el miércoles pasado.
La Magistrada y los Magistrados expusieron que la sanción cumple las condiciones de idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad, además de perseguir un efecto disuasivo para el partido político que violentó el orden jurídico y para todos aquellos que trastoquen el modelo de comunicación política.
En la sesión pública celebrada el 25 de marzo, María del Carmen Alanis Figueroa, Constancio Carrasco Daza, Flavio Galván Rivera, Manuel González Oropeza, Salvador Nava Gomar, Pedro Esteban Penagos López, magistrada y magistrados de la Sala Superior, así como el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, explicaron que con la sanción se busca prevenir ese tipo de conductas y garantizar el equilibrio con el que deben contender los partidos políticos en los procesos electorales.
Consideraron que la transmisión de 239 mil 301 spots constituyó una falta grave por parte del PVEM, ya que trastocó el modelo de comunicación política previsto en el artículo 41 de la Constitución Federal, así como el 160 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).
Existe solvencia económica para cubrir la sanción
Manifestaron que dicho instituto político cuenta con capacidad económica suficiente para cubrir la multa, cuyo monto es proporcional al beneficio que obtuvo con la difusión de los promocionales.
La y los integrantes del Pleno avalaron que el cobro de la sanción se realice, a partir del mes de abril, a través de la reducción mensual del 50% de la ministración del financiamiento público ordinario que recibe el PVEM, hasta alcanzar el monto señalado.
En sus intervenciones, establecieron que en un Estado democrático de derecho no es posible tolerar este tipo de conductas por parte de los partidos políticos que pretendan posicionarse frente al electorado al margen de la ley.
Los medios de impugnación que motivaron la resolución de la Sala Superior fueron promovidos por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Morena, así como por el consejero del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, Javier Corral Jurado.