Las cinco Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyeron la resolución de los 141 juicios de inconformidad interpuestos en contra de los resultados de la elección de diputados federales y senadores, por el principio de mayoría relativa, del pasado 1 de julio.
La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece que las resoluciones de las Salas Regionales pueden ser controvertidas a través de un recurso de reconsideración, el cual debe interponerse, para su resolución, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral.
El pasado viernes 3 de agosto venció la fecha para la resolución de los juicios de inconformidad en las Salas Regionales, por lo que, de acuerdo con el artículo 66 de la citada ley, la presentación de los recursos de reconsideración debe ser en los tres días posteriores a la notificación de la sentencia impugnada.
Sólo una impugnación presentada para modificar el resultado de la elección en el Estado de México fue declarada procedente, por lo que en 140 quedaron firmes los resultados, ya que la Salas Regionales determinaron desechar la demanda o confirmar las declaraciones de validez de las elecciones y las constancias de mayoría expedidas por el Instituto Federal Electoral (IFE) a los candidatos que resultaron triunfadores en los distritos electorales federales que fueron impugnados en las cinco Circunscripciones Plurinominales.
En el caso del distrito electoral federal 06 de Coacalco de Berriozabal, Estado de México, la Sala Regional Toluca, anuló la votación emitida en 13 casillas, lo que modificó el cómputo distrital que había ganado Armando Cervantes Punzo, candidato del PRD, y dio el triunfo al priísta Roberto Ruiz Moronatti.
Dicha sala resolvió 34 juicios de inconformidad, de los cuales 32 eran para la elección de diputados; desechó las quejas promovidas en contra de los cómputos distritales de senadores de los distritos 32 de Chalco y 29 de Nezahualcóyotl, ya que los actores no acreditaron su personalidad para impugnar la mencionada elección y sólo cuestionaron el cómputo de dos distritos.
La Sala Regional Guadalajara desestimó las impugnaciones interpuestas en contra de los resultados de las elecciones para 10 diputados y 5 senadores, en los 20 juicios de inconformidad promovidos, y confirmó los triunfos de los candidatos ganadores de las elecciones del 1 de julio en la Primera Circunscripción.
Las resoluciones de los magistrados de esta sala no cambiaron los resultados en los distritos electorales de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Sinaloa, Sonora, Jalisco y Nayarit.
La Sala Regional Xalapa confirmó el cómputo de la elección en 17 distritos y 5 entidades que fueron impugnadas. Se declararon improcedentes los juicios de inconformidad interpuestos en los distritos electorales federales de la Tercera Circunscripción, a la que pertenecen los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.
La Sala Regional Monterrey declaró la improcedencia de 40 juicios de inconformidad que habían sido interpuestos y ratificó los resultados de 23 candidatos a diputados y, en 5 entidades, de los aspirantes a senadores que obtuvieron el triunfo en los comicios del 1 de julio.
La Sala Regional Distrito Federal resolvió 20 juicios de inconformidad, y confirmó los triunfos que obtuvieron en el pasado proceso electoral los candidatos a senadores por el estado de Puebla y 12 aspirantes a diputados.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene como fecha última legal para resolver los recursos de reconsideración, el próximo 19 de agosto.