“Los partidos políticos no son entes soberanos, son entidades de interés público y no pueden limitar la libertad de expresión”, le advierte al PAN y ordena registrar como precandidato a senador a Manuel Jesús Clouthier Carrillo.
La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión Estatal Electoral del Partido Acción Nacional (PAN), en Sinaloa, a que conceda, en un plazo menor a 24 horas, el registro a Manuel Jesús Clouthier Carrillo como precandidato a senador por el estado.
Así lo dispusieron por unanimidad de votos los integrantes de la Sala Regional, a propuesta del magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas, quien en el proyecto de sentencia concedió la razón al ciudadano y ordenó su registro.
Clouthier Carrillo promovió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano para impugnar una resolución emitida el pasado 10 de enero, en que dicha instancia partidista le negaba el registro a la precandidatura.
Como candidato externo, el actor solicitó una constancia de aceptación al Comité Ejecutivo Nacional del PAN, requisito aplicable a aquellos aspirantes que no sean miembros activos, misma que le fue denegada bajo el argumento de que usó su influencia como diputado federal para criticar públicamente al partido, entre otras razones.
“Los partidos políticos no son entes soberanos, son entidades de interés público con autonomía constitucional, cuyas normas internas deben ser armónicas a nuestra norma rectora”, expuso el magistrado Covarrubias.
Los magistrados declararon válidos los agravios contra el sinaloense pues sus declaraciones están amparadas en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión, un derecho fundamental que no puede condicionarse o suprimirse por una norma o reglamento partidista.