Prohibir la difusión pública de las imágenes en medios de comunicación de las víctimas de violación, trata de personas, secuestro, delincuencia organizada o imágenes que resulten violatorias de dignidad y del derecho a la privacidad es una tarea pendiente que debe impulsarse desde el Senado de la República, consideraron las senadoras Sonia Mendoza Díaz y Adriana Dávila Fernández.
Y es que a pesar de que la fracción VIII del artículo 7 y la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos establecen a la letra que las víctimas tienen derecho a la protección del Estado, y al bienestar físico y psicológico, las legisladores del blanquiazul resaltaron la gravedad de que los medios de comunicación hagan uso indiscriminado de imágenes de personas que han sufrido algún delito.
“Vemos cómo las empresas de comunicación difunden sin consentimiento y bajo el supuesto argumento de dar a conocer una información, imágenes con un sentido abusivamente explícito. En este contexto incluso las noticias mismas carecen de relevancia. Lo más grave es que se hace uso sin reparar en la divulgación de datos personales. Pasan por encima de la dignidad humana de las personas y contribuyen a hacer más traumático y doloroso el proceso de victimización que viven familiares y amigos de la víctima”, señalaron las senadoras.
En ese sentido, lamentaron que en el caso de algunos medios impresos se publica una gran cantidad de datos personales e imágenes explícitas que resultan deshonrosas para las víctimas fatales de hechos delictivos o bien de acontecimientos trágicos como atentados contra la propia vida.
Por ello, hicieron un llamado para trabajar en el marco legislativo de la difusión de imágenes de este tipo para garantizar que el texto constitucional extienda la protección completa a las víctimas de diferentes delitos, así como a los testigos de hechos y demás personas que intervengan en los procesos de investigación; y a través de la sanción correspondiente inhiba el uso de las mismas en los diferentes medios de comunicación.
“El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general de todos los sujetos que intervengan en el proceso de investigación. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación para garantizar el amparo completo de las personas bajo esta condición”, expresaron Díaz Lizama y Dávila Fernández.
La senadoras por San Luis Potosí y Tlaxcala, respectivamente, consideraron que esto ocurre porque no se ha legislado de forma clara, precisa e inequívoca en torno al derecho de personalidad que tienen las víctimas sobre el uso de su imagen y las restricciones manifiestas que deben prevalecer a la libertad de prensa respecto de la cobertura de noticias en las que se da cuenta de acontecimientos en los que hay víctimas trágicas.
“Es necesario reformar la legislación en materia de víctimas para establecer la prohibición de difusión en medios de comunicación electrónicos, impresos y on-line, de las imágenes de las víctimas. Cuando un hecho trágico relacionado con un delito cobra la vida de una persona, la captura y difusión de las imágenes relacionadas vulnera gravemente la dignidad y el honor de la o las personas”, añadieron las senadoras.