*¿Lo escucharán?
Los servidores públicos deshonestos, integrantes de los poderes de la unión, de los poderes públicos de los estados, de los municipios y de los órganos constitucionales autónomos que se desvíen de la noble tarea del servicio público deben ser sometidos a juicio y recibir castigos ejemplares, exigió el senador Ricardo García Cervantes.
Para ello, presentó una iniciativa que propone establecer en la Constitución la creación de una Fiscalía Nacional contra la Corrupción que sea independiente al poder político, dotada de autonomía orgánica de gestión y presupuestaria, así como de personalidad jurídica y patrimonio propios para garantizar el combate eficaz de este flagelo.
El legislador enfatizó que el objetivo central de la iniciativa es establecer al más alto nivel normativo, la existencia y funcionamiento de una institución específicamente dirigida a prevenir, sancionar y erradicar la corrupción con el propósito fundamental de preservar la integridad de los poderes de la Unión, de los poderes públicos de los estados, municipios y órganos constitucionales autónomos.
Al presentar esta propuesta, García Cervantes señaló que resulta necesario reformular los principios generales del derecho penal tradicional. “Los delitos de corrupción deben visualizarse como las conductas ilícitas, antijurídicas que atentan contra la economía nacional, por ello la imperiosa necesidad de sancionar estas conductas como un esfuerzo que responde a este fenómeno en su integridad”.
Agregó que la corrupción no sólo tiene impacto negativo en los campos social y político, sino también en la economía nacional, ya que las prácticas corruptas vacían las arcas de los Estados, arruinan el comercio y reducen la tasa de crecimiento de un país.
El senador ejemplificó que conforme estimaciones del Banco Mundial la corrupción puede reducir la tasa de crecimiento de un país entre 0.5 y 1 punto porcentuales por año, lo que agrava la pobreza y la desigualdad. Es por ello que la iniciativa propone elevar a nivel constitucional la persecución de los delitos de corrupción al considerárseles que atentan en contra de la economía nacional.
La iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el Apartado C, al Artículo 102, de la Constitución puntualiza que la paridad de rango constitucional de la Fiscalía Nacional contra la Corrupción, resulta indispensable para mantener relaciones de coordinación y nunca de subordinación con los poderes de la unión. Además propone que el procedimiento de nombramiento del Fiscal Nacional contra la corrupción sea realizado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
La elección del Fiscal Nacional se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en la Cámara de Senadores y éste debe cumplir con lo establecido en la convocatoria respectiva; durará en su encargo ocho años, podrá ser reelecto por una sola vez y sólo podrá ser removido de sus funciones previo juicio político, por violaciones a la ley y a la Constitución.
García Cervantes, presidente del Capítulo México de la Organización Mundial de Parlamentarios contra la Corrupción (GOPAC) expuso que la persecución, ante los tribunales federales, de todos los delitos de corrupción, será de oficio, por tratarse de delitos en contra la economía nacional, sean cometidos por cualquier integrante de los poderes de la Unión, así como de los poderes públicos de las entidades federales, de los municipios y de los organismos constitucionales autónomos.
“Por lo mismo, le corresponderá solicitar, a la autoridad judicial correspondiente, las órdenes de aprehensión contra los inculpados; buscar y presentar pruebas que acrediten la plena responsabilidad de éstos; hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita; solicitar la aplicación de las penas correspondientes e intervenir en todos los procesos que la ley determine”, se expone en la iniciativa.
En el documento también se explica que la creación de una Fiscalía Nacional Contra la Corrupción no sólo se circunscribe al ámbito interno de nuestro país en cuanto a promotor y vigilante del cumplimiento de la política nacional contra este flagelo, sino que, en sincronía con esta función y en el contexto internacional, la creación de esta institución se encuentra inscrita en el marco de la cooperación entre los Estados para enfrentar asuntos de interés recíproco de la comunidad internacional.
El legislador expresó que con la creación de la fiscalía se cumple con lo que obliga el artículo 6 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y el artículo II de la Convención Interamericana contra la Corrupción, de las que México forma parte, al garantizar la existencia de un órgano especializado e independiente encargado de prevenir y sancionar la corrupción.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su estudio y dictamen correspondiente.