El senador Salomón Jara Cruz propondrá la creación de la Comisión Especial de Seguimiento al Funcionamiento y Operatividad del Código Nacional de Procedimientos Penales, para lo cual deberá acordar un mecanismo de trabajo conjunto con la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos y la Conferencia Nacional de Procuradores, a efecto de garantizar el cumplimiento del  mandato contenido en el artículo décimo tercero transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La comisión propuesta tendrá como fines:

1) Garantizar el cumplimiento del mandato contenido en el artículo décimo tercero transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales; y,

2) Conocer cuáles son las condiciones en las que se investigan y procesan los delitos cometidos en el país, así como los retos que enfrentan las instancias operadoras del sistema tanto en el ámbito federal como en el de las entidades federativas.

El legislador oaxaqueño resalta que el Código Nacional de Procedimientos Penales establece un mecanismo de revisión legislativa, a partir del cual el Poder Judicial de la Federación, la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos y la Conferencia Nacional de Procuradores, están obligados a remitir, de manera semestral, la información indispensable a efecto de que las Comisiones de Justicia de ambas Cámaras del Congreso de la Unión evalúen el funcionamiento y operatividad de las disposiciones contenidas en el Código Nacional para la adecuada implementación del nuevo modelo de justicia penal en las tareas de procuración e impartición de justicia.

Desafortunadamente, al día de hoy y desde la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, los sujetos obligados han incumplido sistemáticamente con su responsabilidad de remitir al Congreso de la Unión el informe correspondiente.

Esto significa que, más allá de las investigaciones académicas y de organizaciones de la sociedad civil, no existe ni información oficial ni evaluación alguna que le permita a los órganos del Estado verificar el cumplimiento de las obligaciones de los operadores del nuevo sistema y, por ende, tomar decisiones para mejorar y perfeccionar dicho sistema, el cual, como ya se señaló al inicio, deriva el 90% de las investigaciones en la competencia de las procuradurías y fiscalías de las entidades federativas.

De acuerdo con el Informe Hallazgos 2018: Seguimiento y evaluación del sistema de justicia penal en México, publicado en 2019 por México Evalúa , a pesar de su transición y evolución hacia un modelo de instituciones autónomas, las fiscalías de las entidades federativas siguen siendo órganos carentes de diseño, capacidades institucionales y mecanismos efectivos de rendición de cuentas y transparencia, lo que las convierte, inevitablemente, en instancias incapaces de perseguir delitos y en factores que a menudo terminan obstaculizando e imposibilitando el fin para el que fueron creadas: el acceso a la justicia.

Las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) señalan que durante 2019 se cometieron a nivel nacional poco más de 2 millones de delitos del fuero común y 98 mil 396 delitos del fuero federal. Lo anterior significa que solo el 10% del total de la incidencia delictiva a nivel nacional es competencia de la Fiscalía General de la República.

Uno de los ejemplos más claros y visibles de lo anterior es, quizá, el de los delitos cometidos en contra de las mujeres por razones de género. De acuerdo con el INEGI, en 2018 se registraron 3 mil 752 defunciones por homicidio de mujeres, el más alto registrado en los últimos 29 años (1990-2018), lo que en promedio significa que fallecieron 10 mujeres diariamente por agresiones intencionales.

Sin embargo, el número de delitos calificados como feminicidios por las fiscalías o procuradurías de las entidades federativas sigue siendo muy bajo y la mayoría de los casos se califican como simples homicidios. Algo similar sucede con otros delitos de altísimo impacto tales como la desaparición forzada o la desaparición de personas cometida por particulares.

De acuerdo con el Informe de México Evalúa, del total de las investigaciones determinadas a nivel nacional, el 60.5% se hicieron a través de “archivo temporal”. Esto implica que el 60%, es decir, 6 de cada 10 investigaciones que fueron determinadas a nivel nacional, en realidad no fueron resueltas.

Al hacer un análisis desagregado por entidad federativa, se descubre que el archivo temporal fue utilizado por 21 estados en más del 50% de sus determinaciones, por lo que pareciera que, a la luz de la cifra de rezago o carga de trabajo acumulada en las fiscalías, la figura del archivo temporal está siendo utilizada como un mecanismo para ocultar el rezago institucional de las fiscalías y su ineficiencia para las labores de investigación.

Ahora bien, del total de investigaciones abiertas en todo el país, el porcentaje de asuntos que cumplieron con los elementos o requisitos mínimos para ser vinculados a proceso fue de tan solo 3.9%.

Por otro lado, de acuerdo con el Índice Estatal de Desempeño de las Procuradurías y Fiscalías 2019, elaborado y publicado por Impunidad Cero, la reducida capacidad de investigación criminal es el talón de Aquiles del combate a la impunidad en nuestro país.

De acuerdo con el Índice de Estado de Derecho 2019, nuestro país obtuvo un puntaje similar a El Salvador. Venezuela fue la nación peor evaluada, mientras Finlandia obtuvo los mejores resultados. De América Latina, Chile fue el país mejor evaluado con el doble de puntuación que México. Por su parte, Costa Rica, Uruguay, Argentina, Ecuador, Perú, Colombia y Guatemala se encuentran entre los países latinoamericanos con una calificación superior a la de México

El senador morenista apunta que la demanda de justicia constituye una de las principales exigencias de la sociedad, y si no se termina con la impunidad, el verdadero talón de Aquiles de nuestro sistema de justicia, entonces el Poder Legislativo no tendrá capacidad de cumplir de manera satisfactoria con su responsabilidad constitucional.

Resaltó que la Comisión propuesta forma parte de un paquete de instrumentos legislativos que pretenden contribuir a generar esa información que hasta el día de hoy no se ha generado o procesado, corrigiendo, de paso, lo que desde mi punto de vista constituye un error de origen. Me refiero a establecer como una disposición transitoria lo que en realidad representa una obligación fundamental, sistemática y permanente.

Finalmente anunció que próximamente presentará una iniciativa la iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales, a efecto de establecer explícitamente en los artículos correspondientes a cada actor del sistema la obligación sistemática de evaluar el funcionamiento y operatividad del Código Nacional e informar al Congreso de manera permanente y oportuna.

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