La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 30/2019, dirigida al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nayarit, Ismael González Parra, por la reclusión irregular en las Cárceles Municipales de Tecuala y Rosamorada de esa entidad federativa, las cuales solo deben albergar a personas sancionadas por infracciones administrativas de los reglamentos gubernativos y de policía, consistentes en multa o arresto hasta por 36 horas, ya que su finalidad no es la reinserción social.

Este Organismo Autónomo también hizo un señalamiento enérgico al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Nayarit por rendir informes no ajustados a la veracidad de los hechos, en el sentido de que el número de personas privadas de la libertad en las cárceles distritales de Tecuala y Rosamorada es cero, cuando en las visitas realizadas a esos sitios personal de la CNDH constató que se encontraban internadas seis personas. Con esas acciones, dicho Consejo ignoró la cultura de la legalidad, el respeto de los derechos humanos y obstaculizó el trabajo de esta Comisión Nacional en la investigación.

Para este Organismo Autónomo es preocupante que las autoridades jurisdiccionales consideren el internamiento de personas a su disposición en esas cárceles, ya que las irregularidades señaladas en su operación constituyen una afectación a la seguridad jurídica y legal de los internos.

Tras su investigación y visitas a esos sitios, la CNDH destacó que las autoridades judiciales en materia penal designan el lugar en que deben quedar las personas privadas de su libertad a su disposición y no pueden señalar para ese efecto una institución diferente a un centro penitenciario, de conformidad con la Constitución (cárceles municipales), pues el ámbito de competencia del municipio en el sistema de justicia corresponde al campo del derecho administrativo para la aplicación de sanciones por infracciones.

La CNDH puntualizó que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 constitucional y 2 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a la Federación y entidades federativas corresponde organizar el sistema penal y sus sanciones.

Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recomendó al Poder Judicial del Estado de Nayarit perfeccionar y fortalecer la protección de los derechos humanos de las personas procesadas, sujetas a prisión preventiva y sentenciadas que se encuentran internas en las Cárceles de Tecuala y Rosamorada, y se les otorgue la protección más amplia conforme al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 18 y 21 del mismo cuerpo normativo.

Al presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nayarit le solicita que en un plazo de 90 días se ordene el internamiento de personas procesadas o sentenciadas en los Centros de Reinserción Social establecidos para tal efecto y no en cárceles municipales, para evitar nuevos hechos violatorios, y se regularice el internamiento de las personas que están en las Cárceles de Tecuala y Rosamorada; colaborar con la CNDH en la queja que presentará ante el Consejo de la Judicatura de ese Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit contra quien o quienes resulten responsables y se incorporen copias de la presente Recomendación en sus expedientes personales.

De igual manera, esta Comisión Nacional envió copia de la Recomendación al Gobernador del Estado de Nayarit, Antonio Echevarría García, para su conocimiento y coadyuvancia en el ámbito de su competencia, garantizando así el respeto por los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en centros de reclusión.

La Recomendación 30/2019 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

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