La reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo, publicada en 2016, afectó gravemente a las y los pensionados del país, quienes han visto disminuido su pago por una indebida interpretación del IMSS e ISSSTE, que tomaron a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia para calcular el monto de las pensiones, aseguró la senadora Gricelda Valencia de la Mora.

La UMA, aclaró la presidenta de la Comisión de Seguridad Social, se estableció para sustituir al salario mínimo como indicador de conceptos jurídicos como multas, prerrogativas o créditos, pero no es aplicable para el cálculo o pago de pensiones, ya que no está acorde con la propia naturaleza y finalidad de estas prestaciones, como sí lo es el salario mínimo, conforme al artículo 123 constitucional, apartado A, fracción VI.

Este cambio, reconoció, mejoró el salario de los trabajadores del país en activo, quienes en este sexenio recibieron un incremento de más del doble a lo percibido en años anteriores.

No obstante, se perjudicó a los pensionados y jubilados, ya que al ser generalizada la desindexación en su aplicación, los sistemas de seguridad social emitieron circulares internas para la determinación y cálculo de nuevas pensiones, lo que afectó a nuevos beneficiarios y en algunos casos, a pensionados anteriores.

La legisladora de Morena subrayó que en el sistema jurídico del país debe quedar claro que la UMA no puede utilizarse como medida para el cálculo de pensiones. En 2016, precisó, nadie se percató que ese cambio afectaría al pensionado, porque el monto de la UMA y del salario mínimo, entonces, era el mismo.

No así en 2017, cuando los pensionados notaron que se les pagaba menos, según sus cálculos. Allí, dijo la legisladora, fue cuando comenzó la batalla judicial contra el IMSS y el ISSSTE, esperando que el pago de su pensión se calcule con base en salarios mínimos.

Señaló que de 2016 a 2018, la diferencia entre salarios y UMA fluctuó entre 7 y 7.96 pesos. En 2019 la brecha se incrementó 14.32, es decir, más del doble que en años pasados, y conforme avanza el tiempo, el contraste en valor entre ambos es cada vez más grande.

“El valor mensual por una pensión promedio de cinco veces el salario mínimo es de 12 mil 673.5 pesos en UMA. En salarios mínimos mensual sería de 15 mil 402, es decir, una diferencia de dos mil 728.50 pesos”. Esta cantidad es prácticamente un salario mínimo mensual, puntualizó Valencia de la Mora.

Para un pensionado cuyo ingreso único sea ese, la diferencia es una cifra enorme. Además, dijo, es injusto que nos cobren en salarios mínimos y nos paguen en UMA. De acuerdo con el Inegi, el valor mensual de la Unidad se calcula multiplicando su valor diario por 30.4 veces y su valor anual se calcula multiplicando su valor mensual por 12.

La senadora Valencia de la Mora explicó que expuso la situación, por demás injusta, al promover una reforma constitucional y otra, a la Ley de la Unidad de Medida y Actualización, para aclarar que la UMA no es aplicable a las pensiones.

En este sentido, los tribunales federales nos han dado la razón, al emitir criterios aislados que sostienen que la UMA no puede ser utilizada para calcular las pensiones, ya que es inconstitucional al perjudicar el ingreso de los pensionados.

Indicó que corresponde al IMSS y al ISSSTE resolver este asunto. No obstante, han sostenido que un juez debe ordenarles el recalculo, o bien, que sea aclarado en la Carta Magna. Los funcionarios temen que la Contraloría les finque responsabilidades o les obligue a pagar por daño patrimonial.

Así, Gricelda Valencia lanzó un llamado para que se enteren del criterio de los tribunales y terminen con esa preocupación. “Les digo, hagan Patria y justicia social”.

Las y los senadores que representamos al pueblo, tenemos que resolver este problema también, recalcó. Por ello, sostuvo que solicitó a sus compañeros acompañar la iniciativa presentada, misma que “no es una ocurrencia de escritorio”, sino un tema que afecta al pueblo.

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