*Algunos medios solapan publicidad engañosa
Aunque tiene carencias, estoy decidido a empujar la reciente reforma legal contra los llamados “productos milagro”.
Pero seguiré insistiendo en que no sólo los productos milagro deben señalar su contenido, sino referirse al acceso de medios de información masiva de empresas de fraude que tienen un éxito brutal.
Hay publicidad engañosa que dice: “si usted usa esta crema se le quitan las arrugas y baja de peso; si usa ciertos tenis baja de peso”.
La reforma al artículo 376 señala que requieren registro sanitario los productos a los que en su etiquetado o publicidad se les atribuyan las mismas acciones o efectos que corresponden a los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan.
Asimismo, equipos médicos, prótesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y estos últimos en los términos de la fracción VI del artículo 262 de esta ley, así como los plaguicidas, nutrientes vegetales, substancias tóxicas o peligrosas, independientemente de la clasificación que ostenten o la denominación que se les asigne.