*Garantizados los servicios del ISSSTE
La modificación al artículo 25 de la Ley del ISSSTE busca que el Estado mexicano garantice los derechos de seguridad social a través de las dependencias y entidades, y permitir que el trabajador y sus familias cuenten con una protección social ante enfermedades, accidentes, vejez y hasta la propia muerte.
La reforma resolvería el problema de que cuando las dependencias o entidades no enteran hasta por seis meses el pago de sus cuotas, aportaciones y descuentos, el Instituto, en lugar de obligarlas a su cumplimiento, en muchos casos suspende a los trabajadores los seguros, prestaciones y servicios correspondientes, lo cual a todas luces es violatorio de los derechos laborales.
Además, criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual ha emitido jurisprudencia al respecto, indican que el artículo 25 es inconstitucional, ya que viola los derechos sociales de los trabajadores al servicio del Estado, al facultar injustamente al ISSSTE a suspenderles total o parcialmente los seguros, prestaciones o servicios en los casos de incumplimiento de sus respectivos patrones.