*Legislar para impidan la degradación del ambiente
Propongo modificar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, a fin de obligar al Ejecutivo Federal a observar no sólo el principio de la prevención en la formulación y conducción de la política ambiental y en la expedición de normas oficiales mexicanas, sino también el de carácter precautorio.
El principio precautorio se refiere a que ante el peligro de daño ambiental grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces que impidan la degradación del ambiente.
La inclusión de la precaución en nuestra legislación, otorga la oportunidad de contar con un instrumento fundamental sometiendo a un cauce de racionalidad la aplicación de nuevas tecnologías y la posibilidad de que las políticas ambientales puedan ordenar a los diversos sectores en pro de la seguridad colectiva.
Al aprobar esta iniciativa se extenderán los efectos de la prevención permitiendo que en caso se daño grave se pueda, por ejemplo, denegar un permiso.
En el análisis del principio precautorio, la previsión de la existencia de un daño grave resulta un elemento indispensable, aunque la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente no lo considera.
Lo anterior no quiere decir que los parámetros de afectación no se encuentren establecidos en nuestra legislación, pues reglamentos como el de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental, establece este tipo de parámetros.