*Estados aumentan sus deudas
Aprobamos reforma y adición a los artículos 25, 73, 79, 108, 116 y 117 de la Constitución, en materia de disciplina financiera de estados y municipios.
Estas modificaciones tienen como objetivo principal controlar y regular en endeudamiento de las entidades federativas y los municipios.
En el documento se destaca que entre 2003 y 2013 las entidades federativas incrementaron su deuda en 1 por ciento del Producto Interno Bruto, encontrándose Coahuila, Nayarit, Chiapas, Quintana Roo y Veracruz entre los estados que más aumentaron su deuda.
En 2013, el saldo de la deuda local representó 2.6 veces más que el monto de 2007 o un incremento nominal de 158.91 por ciento durante la pasada administración.
El dictamen establece que con esta reforma se otorga al Poder Legislativo la facultad de expedir una Ley General relativa a las normas de endeudamiento de los estados, municipios y el Distrito Federal.
Ese marco legislativo deberá establecer los límites y modalidades para afectar las participaciones en garantía; la inscripción de los empréstitos contratados en un Registro Público Único de Deuda Pública y la creación de un sistema de alertas sobre el manejo de las deudas.
Así como las sanciones aplicables a los servidores públicos que incumplan la normatividad en la contratación de empréstitos y en el manejo que hagan de los recursos.
En el artículo 25 se incorpora el principio de estabilidad de las finanzas públicas, con el propósito de que el Estado vele por ella y del sistema financiero para coadyuvar a generar las condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo, en la elaboración de los planes nacionales, estatales y municipales de desarrollo.
Para otorgar mayor claridad al texto de la vigente fracción VIII del artículo 73, se desagregó en cuatro incisos distintos los contenidos relativos al financiamiento del gobierno de la República.
Mediante lo anterior, se creará una Comisión Bicamaral, la cual conocerá las situaciones relacionadas a la contratación de empréstitos con la garantía federal, por parte de los estados que tengan un endeudamiento elevado.
Se establecerá el concepto de “mejores condiciones del mercado” para realizar operaciones de financiamiento público.
Se fortalece la previsión constitucional sobre las actividades de fiscalización de la contratación y aplicación de recursos provenientes de financiamiento público en los ámbitos federal, de los estados y municipios correspondientes a las entidades de fiscalización superior de la federación y de los estados.