*Los juzgadores electorales y las olas democratizadoras
I. RETOS PARA LAS DEMOCRACIAS DE AMÉRICA
Tiene sentido que nos hayamos dado el tiempo de esta reunión, pues los juzgadores electorales vemos desde un mirador especializado el avance y los retos de nuestras democracias.
Las olas democratizadoras que se han registrado han posibilitado, sin duda, nuevas formas de lograr la representación política, de vincular a los Estados con los ciudadanos, de proteger los derechos fundamentales y, en suma, de convivir bajo esquemas mucho más democráticos que los que teníamos hace pocas décadas.
Pero nosotros, quienes día a día tenemos la tarea de resolver los conflictos que se suscitan en la contienda político – electoral, sabemos bien que falta mucho por hacer.
Históricamente, los regímenes democráticos han impuesto retos clásicos, como el de la sobre y sub representación bajo esquemas de mayoría. A estos desafíos, digamos centenarios, se han ido sumando nuevos en el camino que – por fortuna – tienen manifestaciones comunes para los países de América, lo que nos permite pensar de manera compartida en los trazos de las eventuales soluciones.
Apunto sólo algunos de los más evidentes:
• Uno. Principios de la justicia electoral.- La emergencia de la justicia electoral y la centralidad que gradualmente han ocupado las cortes electorales ha hecho necesario un debate sobre los principios específicos del derecho electoral.
El estado constitucional de nuestros tiempos reúne principios, con un alto nivel de abstracción, alejados del método positivista, lo que permite ir incorporando la realidad a la norma, a través del estudio de casos concretos, vistos desde la generalidad de planteamientos generales.
No es casual que la publicación de sentencias que se presentará haya recogido precisamente ese aspecto común de las resoluciones que remitieron los tribunales de la región. En el documento encontrarán, por ejemplo, el principio de publicidad propuesto por la Cámara Nacional Argentina, o el de igualdad y presunción de legalidad de los actos de autoridad propuesto por el Contencioso Electoral de Ecuador. En el Portal de Jurisprudencia Electoral Americana encontrarán dos criterios de la Junta Central Electoral Dominicana que abordan el principio de definitividad de las etapas del proceso electoral.
• Dos. Sistema de partidos.- El avance de la democracia en América Latina ha requerido que la justicia electoral centre su atención, también, en los partidos políticos, inclusive en lo que se refiere a su funcionamiento interno.
Se trata de un desafío de primera importancia, pues debe garantizarse a los ciudadanos el ejercicio de los derechos fundamentales, incluido el de asociación, al tiempo que se mantiene un respeto irrestricto a la libre autodeterminación de los propios institutos políticos.
De estos temas tratan, por ejemplo, la sentencia del Tribunal Supremo de Elecciones costarricense que versó sobre el requisito que impuso un partido político a sus candidatos respecto a la necesidad de que contribuyeran económicamente al costo del proceso comicial. A ello se refiere también la que emitió el Tribunal Electoral de Panamá respecto a que un tercio de los miembros de una convención partidaria pueden requerir que ésta sesione.
• Tres fiscalización de recursos.- Los países de la región hacen erogaciones para el sostenimiento de sus sistemas electorales y de partidos. No obstante, con frecuencia se requiere la intervención de la autoridad jurisdiccional para revisar el origen y destino del gasto que realizan los partidos políticos.
En el Portal de Jurisprudencia se puede encontrar, por ejemplo, la resolución del tribunal electoral brasileño respecto de las repercusiones que recursos, presuntamente ilícitos, tuvieron en el desarrollo de las campañas electorales en una entidad federativa.
• Cuatro. Inclusión política.- No obstante que las nuestras son sociedades diversas y la cultura democrática de la región ha ido transitando hacia esquemas de inclusión política, lo cierto es que subsisten rezagos muy importantes. Cito dos:
* La inclusión de cuotas de género en América Latina y el Caribe consiguió elevar la tasa de representación en congresos de 8 por ciento en 1990 a 18 por ciento en el 2008.
* El creciente reconocimiento de los derechos políticos de los migrantes aunado a las altas tasas de expulsión, han originado que los países se hayan ido sumando al voto extraterritorial.
No obstante, los niveles de participación – aún en países con voto obligatorio – se mantienen a niveles reducidos y subsisten países (11) que no han regulado el voto a distancia.
En el portal de jurisprudencia electoral americana podremos encontrar sentencias de este Tribunal Electoral mexicano que tratan, una, sobre la alternancia de sexos en las listas de candidaturas de representación proporcional y otra que versa sobre los derechos de los migrantes para ser incorporados en los órganos de gobierno de un partido político.
• Cinco.- Mecanismos de democracia directa.- La literatura electoral comparada acepta, en lo general, que en los años noventa en las Américas se produjo una crisis de representación de los partidos políticos lo que, a su vez, detonó un auge de los llamados mecanismos de la democracia directa.
Así, por ejemplo, Daniel Zovatto estudió los mecanismos de democracia directa en 18 países latinoamericanos. Encontró que 16 pueden realizar algún tipo de consulta popular, que 12 han implementado instrumentos de iniciativa popular y que tres cuentan con instrumentos para la revocación del mandato.
Esta tendencia explica que algunos de los criterios incorporados al portal incluyan ya criterios sobre estas formas de democracia. Es el caso, por ejemplo, de una resolución del Jurado Nacional de Elecciones peruano que debió revisar si el domicilio de un ciudadano se encontraba o no dentro del distrito desde el que se podría solicitar una revocación de mandato.
II. ACTIVOS
El anterior listado de temas le habrá sonado familiar a los juzgadores aquí presentes, pues de eso hablé: de nuestra cotidianeidad.
Pero no quiero dejar un mal sabor de boca. Encuentro que, frente a ese listado de temas problemáticos existen algunos elementos que nos permiten imaginar un mejor futuro.
• Uno.- Cultura del derecho.- Se ha ido afianzando en el continente el paradigma del respeto al derecho y a la Ley. Gradualmente, los pasados clientelares y patrimonialistas han sido sustituidos por una exigencia social que requiere que los asuntos se diriman en los tribunales y que éstos resuelvan quién tiene la razón. Aún más, que demandan conocer las razones por las que se llega a cada determinación.
• Dos. Solidez.- Tenemos instituciones robustas que cuentan con atribuciones para defender los avances democráticos y el ejercicio de los derechos políticos.
• Tres. Apertura.- Estoy convencida de que quienes hoy integramos los órganos electorales de América estamos conscientes de la importancia de compartir las soluciones que hemos dado a los retos comunes.
Estamos generando normas, jurisprudencia y experiencias nacionales que saben dialogar con los procesos de globalización y con las realidades de otras naciones.
III. EL EVENTO
En ese marco se inscriben los acuerdos que adoptamos en abril pasado cuando, en Washington, creamos el Grupo de Jurisprudencia Electoral Americana.
Ese ánimo también enmarcó los compromisos que establecimos en el sentido de crear un banco de datos que sistematizara las sentencias judiciales en materia electoral de nuestros países y una publicación editorial temática sobre resoluciones.
Ya he dado algunos ejemplos de la vigencia de los temas que se abordan en ambos acervos informativos. Lo importante, en todo caso, es que esa disponibilidad de información permite a los jueces, expandir el conocimiento y el campo de visión interpretativo. Como relataba Aharon Barak en sus reflexiones sobre su labor como juez constitucional, las similitudes entre los problemas que resuelven las cortes de todo el mundo es un incentivo para el derecho comparado.
Más aún, cuando los que se comparan son países democráticos, éstos encuentran puntos en coincidencia precisamente por los principios en que se basan y en los desafíos comunes a estos regímenes. Ello hace más útil la revisión de experiencias foráneas, pues revisar una solución foránea puede ayudar al juez a decidir una solución local.
Hoy, venturosamente, nos reunimos para ver los trabajos cubiertos que hemos hecho en este año y, para trazar los nuevos rumbos de acción a seguir.
Los tribunales hablan a través de sus resoluciones y su jurisprudencia. Desde ahí externan, externamos, nuestras concepciones más profundas sobre la justicia, la democracia, y el respeto a los derechos fundamentales.
Por eso me llena de satisfacción ver cómo, hoy, las cortes electorales de los países americanos aquí presentes nos hemos sumado a poner en repositorios comunes nuestras sentencias más relevantes, para consulta, utilización y estudio de quienes se interesen.
Ello habla de cuerpos colegiados que, como el Tribunal Electoral mexicano, estamos satisfechos de lo que hemos resuelto y en la mejor disposición de que esas resoluciones se conozcan. Confío en que serán de utilidad para la academia y para otros juzgadores.
A ello se llega cuando las decisiones se toman en total independencia, sin caer en presiones de cualquier tipo. Ello permite al juzgador que sea la razón y el derecho, la fuente única de sus decisiones.