En sesión de 24 de febrero de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la solicitud de reasunción de competencia 61/2015, presentada por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Al resolver el asunto, esta Primera Sala determinó atraer un asunto para analizar si el artículo 32 del Reglamento de los Centros de Reinserción Social para el Estado de Puebla, que establece que “los niños que residan con su madre interna no podrán permanecer en el CERESO después de cumplir los tres años de edad”, resulta contrario al principio de interés superior del menor y el derecho a la protección de la familia.

 En el caso, dos personas procrearon un hijo estando compurgando una pena de prisión. El menor vivió con su madre en el centro de reinserción hasta cumplir los tres años de edad. Ante la imposibilidad de que el niño siguiera viviendo con su madre, se cuestionó la inconstitucionalidad del reglamento.

 A propuesta del Ministro Zaldívar, la Primera Sala consideró de la mayor importancia y trascendencia atraer el caso, ya que su resolución implicará efectuar un pronunciamiento en relación con los principios constitucionales de la más alta jerarquía, como son el interés superior del menor y la protección a la familia, en el contexto de los menores que nacen y viven con sus madres dentro de los centros de reinserción social. Esta es una situación que aún no ha sido abordada frontalmente por la jurisprudencia del Alto Tribunal.

 La resolución del asunto también implicará pronunciarse sobre si existen medidas intermedias para proteger a los niños, además de ordenar que abandonen el centro de reinserción. Asimismo, deberán determinarse los deberes que tienen las autoridades penitenciarias para garantizar los derechos de los niños cuando se determine que deben separarse de sus padres.

 De esta manera, al conocer del asunto la Primera Sala no sólo podrá establecer un criterio para resolver el caso concreto, sino que, además, tendrá la posibilidad de fijar estándares en relación con los derechos de los niños que nacen y viven con sus padres dentro de cualquier centro de reinserción social del país.