Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada presidenta de la Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que el aumento en la presentación de juicios ciudadanos evidencia que se confía cada vez más en los tribunales electorales como garantes de sus derechos políticos.
Al presentar su Tercer Informe Anual de Labores 2014-2015, la Magistrada Presidenta indicó que del 1 de noviembre de 2014 al 31 de octubre de 2015, en la IV Circunscripción se resolvieron 1,486 medios de impugnación vinculados con los procesos electorales federal y locales, de los cuales 52% fueron juicios ciudadanos, situación que refleja la judicialización de los comicios.
Ante Constancio Carrasco Daza, magistrado presidente del TEPJF, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y Salas Regionales asistentes al Informe, Otálora Malassis expresó que los pronósticos en la IV Circunscripción “eran oscuros; sin embargo, hoy entregamos cuentas claras y transparentes de todas las elecciones que concluyeron en paz social. Esto demuestra, en el ámbito electoral, que si las instituciones funcionan, la democracia se consolida”.
La nueva normativa derivada de la reforma político-electoral de 2014 se aplicó con un criterio progresivo, a fin de fortalecer el ejercicio de los derechos político-electorales, sin afectar el principio de legalidad. “En las sentencias se respetó siempre la certeza jurídica, que es el fundamento de la certeza electoral”, precisó.
Actividad jurisdiccional
La Magistrada Presidenta de la Sala Regional Distrito Federal dijo que la actividad jurisdiccional se llevó a cabo “en un panorama en el que se implementó una reforma político-electoral de dimensiones constitucionales, así como en entidades con contextos socio-políticos delicados, que necesitó del compromiso, sensatez, prudencia y empeño para lograr la interpretación armoniosa de un complejo andamiaje de normas federales y locales en contextos diversos”.
De los 1,486 medios de impugnación resueltos, 794 fueron juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 345 juicios de revisión constitucional electoral, 171 juicios electorales, 118 juicios de inconformidad, 49 recursos de revisión, 40 recursos de apelación, 18 juicios para dirimir conflictos laborales y 11 asuntos generales.
El Distrito Federal, ahora Ciudad de México, encabezó la lista de juicios de inconformidad presentados por la elección de diputados federales con 71, seguido por Puebla con 24, Guerrero con 13, Morelos con nueve y Tlaxcala uno, asuntos resueltos en 73 sesiones públicas, en un promedio de 11 días.
Paridad de Género
En materia de paridad de género, la Sala Regional ha sostenido desde 2013 el criterio de que la paridad debe aplicarse de manera vertical y horizontal para las candidaturas en los ayuntamientos (Tlaxcala), criterio que se reiteró el año pasado para los comicios en el estado de Morelos.
La Magistrada Presidenta destacó que en la impartición de justicia con perspectiva de género, somos un eslabón para hacer de la paridad una realidad, “con la convicción de que una democracia que no es paritaria es una democracia a medias. Nuestras sentencias no son de papel, se inscriben dentro del ejercicio de nuestra función acorde con las convicciones sociales de cada uno de nosotros”.
Candidatos independientes
La nueva figura de candidaturas independientes implicó que el juez tuviera que interpretar la norma constitucional y crear criterios que dieran consistencia al sistema de participación política ciudadana.
Recuento de votos en sede administrativa
Con motivo de los procesos electorales en Guerrero y el Distrito Federal, se fijaron criterios relevantes con los cuales se reforzaron las facultades de las autoridades administrativas para regularizar inconsistencias en los cómputos y recuentos, incluso de oficio, cuando éstas eran evidentes, con lo cual se fortaleció la certeza de los resultados electorales.
Nulidad de elección
La Magistrada Presidenta se refirió a la nulidad de la elección del ayuntamiento de Tixtla, Guerrero, donde se dejó de recibir la votación en más de 50% de las casillas y se actualizó la causal de nulidad.
“Es importante destacar que en este asunto no sólo se realizó un ejercicio de legalidad, sino que, acorde con el nuevo paradigma constitucional y de principios que rigen nuestro sistema jurídico, se ponderó entre el derecho de los ciudadanos que emitieron su voto en la jornada y el de aquellos a los que se impidió votar”, precisó.
Derecho a votar
En el ámbito del derecho político a votar, la Sala Regional sostuvo criterios para potenciar su tutela, particularmente tratándose de integrantes de los grupos vulnerables. La Sala conoció, por primera vez, de un juicio promovido por una persona en situación de calle que solicitó su credencial de elector y se ordenó el trámite para su expedición.
“Con estas decisiones hemos hecho que la justicia no sólo repare el daño causado, sino también restituya al ciudadano en el ejercicio de sus derechos. En efecto, la pobreza y la exclusión social no pueden ser causa de violación a los derechos políticos”, aseveró.
Al final, la Magistrada Presidenta refrendó el compromiso ético, jurídico y social de los Magistrados de la Sala Regional de seguir impartiendo justicia en aras de consolidar un Estado de derecho democrático en el que todos ejerzan sus derechos políticos con condiciones de igualdad y dentro de un orden social, sabedores de que la justicia es el cimiento de la libertad y la dignidad humanas.