México cuenta actualmente con un sistema electoral a la altura de los mejores en el mundo; confiable, transparente y eficaz, y así lo demuestra el reciente Proceso Electoral Federal, el cual se caracterizó por tener las elecciones más concurridas, las más vigiladas y transparentes de su historia, aseguró José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al impartir la conferencia “La calificación de la elección presidencial en México”, durante un encuentro con investigadores y académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown, ubicada en la ciudad de Washington, Estados Unidos, Luna Ramos afirmó que la normativa del sistema electoral mexicano, integrada por la Constitución federal, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, permitió culminar de manera exitosa la pasada elección federal.
Frente a un auditorio lleno que se dio cita en la Sala de Conferencias de dicha facultad, el Magistrado Presidente explicó a los representantes del Centro para el Fortalecimiento del Estado de Derecho en América (Center for Advancement in the Rule of Law in America - CAROLA) perteneciente a la Universidad de Georgetown, las etapas de la Elección Presidencial en México; la administrativa, a cargo del Instituto Federal Electoral (IFE), y la jurisdiccional, cuya responsabilidad recae en el TEPJF.
La etapa administrativa, dijo, estuvo en manos del IFE, un organismo público autónomo integrado por un consejero presidente, ocho consejeros electorales, además de representantes partidistas y del Poder Legislativo, que se encargó de organizar la jornada electoral, regular y vigilar los actos, y el ejercicio de los recursos públicos que reciben los partidos políticos.
Destacó la instrumentación de múltiples medidas de seguridad para evitar cualquier tipo de irregularidad en las elecciones, por ejemplo, la formación e integración de un padrón electoral confiable, la elección de funcionarios de casilla ciudadanos y los representantes acreditados por los partidos políticos.
José Alejandro Luna Ramos recordó que los orígenes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se remontan a la reforma política de 1986, cuando se cambió su estructura, funciones y denominación. A estas reformas les siguieron las de 1994, 1996, 1999, 2007 y 2008.
Señaló que quizá la reforma más importante fue la de 1996, por la cual, entre otras cosas, el Tribunal se incorporó al Poder Judicial de la Federación y se estableció su actual estructura: una Sala Superior, integrada por siete magistrados, y cinco Salas Regionales, conformadas por tres cada una.
Algunas de las facultades de la Sala Superior son:
+Tiene la competencia exclusiva con respecto a la calificación de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
+Resuelve los juicios de inconformidad interpuestos en contra de la elección presidencial
+Tras resolver los juicios contra los cómputos distritales, procede a formular el cómputo final de la elección y califica la elección; es decir, determina si es o no válida
+Analiza si el candidato con el mayor número de votos es elegible, para posteriormente declararlo Presidente Electo
Al hablar sobre las experiencias de los procesos electorales a cargo del TEPJF, precisó que el sistema de calificación jurisdiccional se ha empleado en los años 2000, 2006 y 2012. En la primera, Vicente Fox, del Partido Acción Nacional (PAN), ganó con 42.5% de los votos, superando a su más cercano contendiente, Francisco Labastida, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien obtuvo 36.1%; es decir, una diferencia de 6.4 puntos porcentuales. La elección no fue impugnada.
En 2006, indicó, las elecciones fueron muy cerradas, pues Felipe Calderón, del PAN, obtuvo 35.89% de los votos, y Andrés Manuel López Obrador, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), logró 35.33%, haciendo una diferencia de apenas 0.56%, lo que levantó suspicacias respecto del sistema e inestabilidad política durante los primeros meses del sexenio.
La consecuencia de esta situación, agregó, trajo consigo la reforma a la Constitución en 2007 y la del Código Electoral Federal en 2008, reglas que normaron la más reciente elección. En 2012, el priísta Enrique Peña Nieto obtuvo 38.2% de los votos, seguido por Andrés Manuel López Obrador, del PRD, con 31.6%; es decir, una diferencia de 6.6 puntos entre el primero y el segundo lugar.
En la etapa jurisdiccional de calificación de la elección presidencial se interpusieron juicios de inconformidad en contra de los cómputos distritales:
+377 juicios contra la votación recibida en casillas
+1 contra la elección en su totalidad
+Se solicitó la nulidad de 33,665 casillas y el nuevo escrutinio y cómputo en 70,341
+Se desecharon 27 casos
+Se sobreseyó uno
+El Tribunal Electoral ordenó el recuento de 1,125 casillas, que se sumaron a las 78,469 casillas que previamente fueron recontadas por el IFE
+Los partidos políticos reservaron algunos votos para su examen y calificación individual
+Las pretensiones de fondo de dichos juicios (nulidad de la votación recibida en casilla), fueron resueltas el 24 de agosto de este año.
+Como resultado, se anularon 526 casillas, lo que equivale a 0.36% de las instaladas
El Magistrado Presidente del TEPJF habló sobre la resolución del denominado “Juicio Madre”, el 359/2012, con el que se impugnó la validez de la elección en su totalidad, bajo el argumento de que no se cumplieron los principios que la Constitución exige para todas las elecciones; que sean libres y auténticas, y se alegó que se había ejercido coacción y compra de 5 millones de votos.
Sin embargo, aclaró, los argumentos expuestos estuvieron carentes de pruebas, se reclamaron asuntos ya resueltos con anterioridad; en muchos casos, los alegatos partieron de premisas incorrectas, por lo que, como resultado, el 30 de agosto la Sala Superior rechazó por unanimidad la pretensión de dicha demanda, en virtud de que los planteamientos fueron considerados vagos, imprecisos o genéricos, pues ninguno conducía a concluir que se violaron los referidos principios constitucionales.