Uno de los criterios más importantes adoptados en la labor del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), es su compromiso con la protección de los derechos político-electorales de las comunidades indígenas en México, como lo demuestran muchas de las resoluciones aprobadas por el pleno de este organismo jurisdiccional.

Ayer, una vez más, el Tribunal Electoral dio muestra de ese compromiso luego de que por mayoría de seis votos, determinara ordenar al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) llevar a cabo las acciones necesarias para consultar con los integrantes de la comunidad indígena de San Francisco Cherán, sobre si están de acuerdo en que las próximas elecciones se desarrollen bajo el sistema de usos y costumbres.

Además, deberá notificar al Congreso michoacano sobre los resultados de esa consulta, para que el órgano Legislativo defina las fechas de la elección y de la toma de protesta de los cargos elegidos.

El caso de San Francisco Cherán, resuelto en la sesión de ayer del TEPJF, precisa que diversos pobladores de esa comunidad solicitaron a la autoridad electoral estatal llevar a cabo las elecciones bajo el sistema de usos y costumbres, para preservar sus derechos fundamentales de cultura y auto organización, pero el instituto local se declaró incompetente en el asunto.

Los inconformes, 2 mil 312 ciudadanos de Cherán, recurrieron al Tribunal Electoral ostentándose como miembros indígenas de dicha comunidad, por lo que exigieron la preservación de su cultura a través del derecho consuetudinario.

En el dictamen presentado por el magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos, se propuso revocar la sentencia del IEM y ordenar la realización de una consulta a esa comunidad, pues sí tiene competencias para ello.

“Debo de reconocer que cuando se trate de comunidades indígenas, de asuntos de comunidades indígenas que han tenido conocimiento las Salas Regionales y esta Sala Superior, han surgido interesantes criterios que han logrado hacer efectivos los derechos de los indígenas mexicanos que se nos han hecho valer en cada uno de estos asuntos.

Y creo que el día de hoy se nos presenta la oportunidad de un asunto que nos permite ampliar aún más los alcances de la jurisdicción sobre esta temática”, sentenció Luna Ramos.

Cabe recordar que en junio de 2008, una resolución del TEPJF permitió realizar elecciones en el municipio de Tanetze de Zaragoza, en Oaxaca, después de seis años de que se decretó la desaparición de poderes y de que no se elegían concejales municipales.