La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará un amparo a fin de establecer si una Junta de Conciliación puede estudiar y resolver sobre violaciones a los derechos humanos de los trabajadores; así como si estas transgresiones pueden presentarse entre particulares, y si es posible ordenar el pago de una indemnización para resarcir los daños que la vulneración correspondiente hubiese causado.
Al resolver la facultad de atracción 194/2012, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional consideró que en el caso se satisfacen los requisitos de importancia y trascendencia pues se trata de un asunto que tiene que ver con la tutela adecuada de los derechos humanos, aspecto sobre el cual hubo una reforma constitucional en junio de 2011, que introdujo nuevos elementos que deben ser concretados a través de la interpretación que realice la Suprema Corte.
Por unanimidad de cuatro votos, se subrayó que la Segunda Sala tiene conocimiento de que existen algunos pronunciamientos del Pleno, y de la Primera Sala de este Alto Tribunal sobre este tema, aunque, resaltó, dichos aspectos han quedado plasmados en criterios aislados que no son vinculantes para esta Sala.
Por esta razón, la Segunda Sala estimó atraer el amparo y con ello, pretende abonar a la seguridad y certeza jurídica de los justiciables.