La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción, presentada por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. El tema a dilucidar se refiere al derecho fundamental de los extranjeros a la notificación, contacto y asistencia consular.
La Primera Sala determinó atraer un amparo promovido por un ciudadano de nacionalidad hondureña a quien se le siguió un proceso penal por la comisión del delito de homicidio simple, sin que se desprenda del expediente que haya recibido en algún momento asistencia consular por parte de su país de origen, o que una autoridad mexicana haya enviado comunicación alguna a la representación correspondiente.
En ese sentido, la importancia y trascendencia de atraer el amparo radica en la posibilidad de que la Primera Sala continúe analizando el derecho fundamental de los extranjeros a la asistencia consular durante el procedimiento penal.
La Primera Sala reiteró lo que ha señalado en casos anteriores en cuanto a que una persona extranjera que es detenida se enfrenta a una multitud de barreras lingüísticas, culturales y conceptuales que dificultan su habilidad para entender, de forma cabal y completa, los derechos que le asisten, así como la situación a la que se enfrenta. Por lo cual, a través de la ayuda consular los extranjeros reducen la distancia que los separa de los nacionales en cuanto a la protección de un estándar mínimo de derechos fundamentales.