En sesión de 2 de marzo de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, determinó reasumir competencia sobre asunto en el que cincuenta y siete personas reclamaron la inconstitucionalidad de diversas disposiciones que regulan el matrimonio y el concubinato en el Estado de Chiapas, argumentando que las mismas son contrarias al derecho a la igualdad y no discriminación al limitar dichas instituciones a parejas formadas por un hombre y una mujer y al señalar que su finalidad primordial es la perpetuación de la especie.
La importancia y trascendencia del caso radica en que su resolución implicaría determinar si las personas aquí quejosas tienen o no un interés legítimo para impugnar las normas en cuestión; pues previo a presentar su demanda de amparo, ninguna de ellas solicitó el inicio de un trámite de matrimonio ante el registro civil de la Entidad.
Además, el asunto permitirá a la Suprema Corte analizar la procedencia de medidas de reparación como consecuencia de la violación del derecho a la igualdad y no discriminación, tales como la publicación de un resumen de la sentencia, una disculpa pública o una indemnización.