La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conocerá de un recurso de revisión en el que el tema jurídico consiste en determinar la interpretación que debe darse al artículo 131 de la Constitución Federal, mismo que está relacionado con el alcance de la facultad materialmente legislativa del Secretario de Economía (SE), para expedir normas derivadas de un tratado internacional suscrito por México.
Los ministros explicaron que tal interpretación hace que el asunto revista características especiales que justifican que la Segunda Sala del Alto Tribunal asuma su competencia originaria, debido a la importancia de determinar el punto jurídico precisado, ya que es de gran entidad para la solución de casos futuros semejantes, además de su relevancia y complejidad.
Por este motivo, la determinación que se emita fijará la naturaleza de las medidas de transición temporal sobre las importaciones para establecer si el Secretario de Economía cuenta con facultades para su emisión, con base en un tratado suscrito por México.
Ello, dijeron, satisface el requisito material de trascendencia, toda vez que el criterio que se establezca al respecto repercutirá en forma excepcional en la solución de casos que se encuentren en trámite y futuros lo que ofrecerá certidumbre y seguridad jurídicas a los justiciables.