*Enorme saqueo de la riqueza de las tierras

Durante el debate de las  minutas del dictamen en materia de reforma energética remitidas por la Cámara de Diputados, al Senado de la República, se hicieron reconocimientos que yo no avalo ni mucho menos sumo a ellos.

Esto porque los cambios son una vergüenza, pues no dan mayor precisión, ni claridad y en muchos casos disfrazan el contenido de la reforma y en otros empeora un contenido adverso particularmente a propietarios de las tierras, aguas y bosques.

Si bien hay cambios en el artículo 101 fracción séptima la cual modifican la naturaleza de las contra prestaciones,  no hay una modificación de fondo, pues el inciso “A” en realidad no desaparece, solo lo cambiaron al último párrafo de esa misma fracción después del inciso “C” que señala “sin perjuicio de modalidades de contraprestación que se refiere esta fracción, los asignatarios o contratistas podrán proponer al propietario indudable el derecho con miembros de la comunidad o calidad a la que pertenezcan la adquisición de bienes e insumos o los servicios fabricados, suministrados, prestados por dichas personas cuando esto sea compatible con el proyecto.

Con ello se mantiene la misma lógica de convertir  a los legítimos dueños de las tierras en empleados de sus propias tierras.

De igual forma, otros cambios como el pago de las contraprestaciones en el artículo 102 en el inciso “C”, las cuales ya no le corresponderán al Estado Mexicano, sino directamente al fondo mexicano del petróleo para la estabilización y el desarrollo se hace una diferenciación entre las contraprestaciones que se otorgaran a los propietarios en aquellas tierras que se utilicen para la explotación del gas natural o asociado del resto de los hidrocarburos de 0.5 a 3% en el caso de gas natural asociado y en el caso del 0.5 al no mayor del 2% en los demás casos.

Todo esto tiene que ver con la gran simulación que se ha creado en torno a la figura de expropiación, ya que dicha figura no  desaparece, sino se fortalece y está contemplada en varios ordenamientos.

En el caso de la ocupación temporal, será de una propiedad por un tiempo indeterminado, donde podrán gozar de contratos, asignaciones para explotar la riqueza de un predio sin que el titular pierda la propiedad de sus bienes.

Esta es otra gran simulación, ya que va a propiciar un enorme saqueo de la riqueza de las tierras.