*Los trabajadores aportan sin obtener beneficios

De todos es conocido también que la vivienda es una garantía constitucional, por lo cual los representantes del sector obrero deben velar también para el cumplimiento de dicha garantía de conformidad con lo establecido en nuestra Carta Magna.

Por ello, atento a lo anterior, es de gran importancia la intervención de los representantes de los trabajadores en la toma de decisiones en materia de vivienda en nuestro país, ya que son, precisamente, los trabajadores en lo que en materia de vivienda, pues generan los recursos para la elaboración de los programas de vivienda.

Programas que a su vez deben beneficiar y deben facilitar y la adquisición de vivienda a la clase trabajadora.

Y esto, de manera particular, hay que decirlo, en la actualidad contrario a las presunciones expresadas por el propio Titular del Ejecutivo Federal, no es así.

La clase más desprotegida en materia de vivienda, nuevamente es la clase trabajadora.

Y digo esto, porque como todos sabemos, nuestra Carta Magna en el artículo 4, párrafo siete establece que la familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna, de una vivienda decorosa.

El derecho de la vivienda, por lo tanto, deber ser un derecho colectivo y social que al ser reconocido como un elemento de justicia y desarrollo social permite que el Estado Mexicano garantice políticas de accesibilidad y que la colectividad participe en el cumplimiento de este derecho.

Sin embargo, debemos reconocer, y a pesar de los esfuerzos legislativos que se han hecho a lo largo de los años, la política habitacional aún no se refiere a la vivienda como un derecho, sino que constituye y construye su programación anual y sexenal mediante el cálculo de las necesidades de vivienda sin establecer las necesidades de vivienda del país interpretando los datos desde una perspectiva de los derechos humanos.