Hasta un año de garantía tiene el comprador de un inmueble para que le reparen, sin costo, los vicios ocultos o fallas de construcción, determina la ALDF
En abril de 2012 el Pleno de la Asamblea Legislativa aprobó reformas al Código Civil para el Distrito Federal para que el comprador de un inmueble (casa, departamento, condominio, etc.) pueda ejercer su derecho a reclamar al vendedor la reparación –sin costo- de los defectos o vicios ocultos en su propiedad; el afectado tendrá plazo un año, a partir de la entrega del bien, para detectar las anomalías y exigir su restauración.
A tres meses de distancia de la aprobación de la enmienda propuesta por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF, recordó a los desarrolladores inmobiliarios y a los ejecutivos de ventas de inmuebles, que tienen que considerar que el inquilino tiene la potestad de verificar a lo largo de un año si la propiedad presenta inconsistencias de construcción, acabados, de sistema hidráulico, etc. y cuando lo decida –antes del tiempo perentorio- exigir la reparación del daño.
Recordó a los comerciantes de inmuebles que el comprador está protegido y protegiendo su patrimonio, por lo que la cuantiosa inversión que ha desembolsado le permite reclamar las deficiencias del inmueble, sin costo alguno.
Los asambleistas explicaron que la modificación al Código Civil incluye que transcurrido el año en que el inquilino detectó los vicios, la ley le garantiza seguridad a su patrimonio y evitar que personas de mala fe sorprendan al adquirente.
Es común, reiteró la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, que existan controversias generadas a través de los vicios ocultos, donde las fallas de construcción surgen después de un año o más, dejando a los particulares en total indefensión, por ello la Asamblea Legislativa se abocó a salvaguardar la propiedad, ya que los errores de construcción, en el uso de material de poca calidad o de acabados, no son atribuibles al comprador, por ende el inmobiliario debe responder por esa falla.